ATS, 9 de Septiembre de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ECLIES:TS:2015:6673A
Número de Recurso1880/2014
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 9 de Septiembre de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a nueve de Septiembre de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de " LOGISTIC PORTE GPV, S.L." presentó el día 1 de julio de 2014 escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación contra la Sentencia dictada con fecha 3 de junio de 2014, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección Novena), en el rollo de apelación nº 19/2014 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 962/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de fecha 11 de julio de 2014 se tuvieron por interpuestos los recursos, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los Procuradores de los litigantes.

  3. - El procurador D. Ignacio Cuadrado Ruescas, en nombre y representación de "LOGISTIC PORTE GPV, S.L." presentó escrito ante esta Sala con fecha 15 de julio de 2014, personándose en calidad de parte recurrente. La procuradora Dª Adela Cano Lantero, en nombre y representación de "MAPFRE EMPRESAS, COMPAÑÍA DE SEGUROS, S.A." presentó escrito ante esta Sala con fecha 16 de julio de 2014, personándose en calidad de parte recurrida. La procuradora Dª Mercedes Albi Murcia, en nombre y representación de "SOLANA Y MENGOD, S.L., CORREDURÍA" presentó escrito ante esta Sala con fecha 22 de julio de 2014, personándose en calidad de parte recurrida.

  4. - Por la parte recurrente se han efectuado los depósitos para recurrir exigidos por la disposición adicional 15ª de la Ley Orgánica del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Francisco Javier Orduña Moreno

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación interpuestos por la representación procesal de " LOGISTIC PORTE GPV, S.L." al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR LOS RECURSOS EXTRAORDINARIO POR INFRACCIÓN PROCESAL Y DE CASACIÓN interpuestos por la representación procesal de " LOGISTIC PORTE GPV, S.L." contra la Sentencia dictada con fecha 3 de junio de 2014, por la Audiencia Provincial de Valencia (Sección Novena), en el rollo de apelación nº 19/2014 , dimanante de los autos de juicio ordinario número 962/2012 del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Valencia.

  2. ) De conformidad y a los fines dispuestos en los arts. 474 y 485 LEC , entréguese copia del escrito de interposición de los recursos extraordinario por infracción procesal y de casación formalizados, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 y 473.3 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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