SAP Santa Cruz de Tenerife 521/2005, 31 de Octubre de 2005

PonenteMARIA LUISA SANTOS SANCHEZ
ECLIES:APTF:2005:1988
Número de Recurso549/2005
Número de Resolución521/2005
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 3ª

SENTENCIA NÚM. 521/05

Iltmos. Sres.

Presidente:

D. José Antonio González González

Magistrados:

Dª. Macarena González Delgado

Dª. María Luisa Santos Sánchez (Ponente)

En Santa Cruz de Tenerife, a treinta y uno de octubre de dos mil cinco

Visto por los Ilmos. Sres. Magistrados arriba expresados, en grado de apelación, el recurso interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Santa Cruz de Tenerife, en autos de Juicio Verbal nº 1058/04 , seguidos a instancias del Procurador

D.Borja Machado Rodríguez de Azero bajo la dirección del Letrado D. Leopoldo Cólogan Rodríguez de Azero en nombre y representación de la entidad Klecar Foncier España, S.A, contra la Sociedad Sai Franquicias, S. L, representado por la Procuradora Dª. Sonia González González, bajo la dirección del Letrado D. Jaime Caballero y Moreno ;han pronunciado, en nombre de S.M. el Rey, la presente Sentencia, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. María Luisa Santos Sánchez Magistrado de esta Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, con base en los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos y por el referido Juzgado se dictó Sentencia de fecha siete de marzo de dos mil cinco , cuya parte dispositiva, -literalmente copiada-, dice así: " Que debo ESTIMAR Y ESTIMO íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador D. Borja Machado Rodríguez de Azero, en nombre y representación de la entidad Klecar Foncier España S.A., declarando resuelto el contrato de arrendamiento sobre la finca arrendada descrita como local de negocio numerado como 24-24T de la Galería Comercial integrada en el Centro Comercial Meridiano, sito en la Avenida de La Salle de esta ciudad, celebrado entre la actora y la entidad demandada SAI Franquicias S.L. con fecha 28 de octubre de 2.003, dando lugar al desahucio de la citada finca y condenando al demandado a desalojarla, dejándola libre y expedita y a disposición de la actora en el plazo legalmente establecido, con apercibimiento de que en otro caso será lanzado a su costa. Se condena además a la demandada a abonar a la actora la cantidad de CINCUENTA MIL SETECIENTOS VEINTICINCO EUROS CON SESENTA Y CINCO CÉNTIMOS (50.725,65), así como al abono de las costas causadas en esta primera instancia.". SEGUNDO.- Notificada la sentencia a las partes en legal forma, se interpuso recurso de apelación por la representación de la parte demandada; tramitándose conforme a lo previsto en los artículos 457 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil , presentando escrito de oposición al recurso e impugnación a la sentencia por la parte contraria, y remitiéndose con posterioridad los autos a esta Audiencia Provincial, con emplazamiento de las partes por término de treinta días.TERCERO.- Que recibidos los autos en esta Sección Tercera se acordó formar el correspondiente Rollo, y se designó como Ponente a la Ilma. Sra. Magistrado Dª. María Luisa Santos Sánchez; personándose oportunamente la parte...

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