SAP Pontevedra 2/2003, 21 de Enero de 2003
Ponente | ANGELA IRENE DOMINGUEZ-VIGUERA FERNANDEZ |
ECLI | ES:APPO:2003:223 |
Número de Recurso | 1001/2003 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 2/2003 |
Fecha de Resolución | 21 de Enero de 2003 |
Emisor | Audiencia Provincial - Pontevedra, Sección 2ª |
SENTENCIA Nº 2
ILMOS. SRES. Presidente
D. JOSE JUAN BARREIRO PRADO
Magistrados
DÑA. ANGELA IREN DOMINGUEZ VIGUERA FERNANDEZ
D. JAIME ESAIN MANRESA
En PONTEVEDRA., a veintiuna de Enero de dos mil tres
VISTO, por esta Sección 2 de esta Audiencia Provincial la causa instruida con el número 399 /2002, mediante recurso de Apelación interpuesto por el MINISTERIO FISCAL, contra Sentencia dictada por el JUZGADO DE LO PENAL nº 1 de PONTEVEDRA,; habiendo sido parte en el Ministerio Fiscal, en la representación que le es propia, y como apelado Salvador , actuando como Ponente la Magistrada Iltma. Sra. DOÑA ANGELA IREN DOMINGUEZ VIGUERA FERNANDEZ.
Con fecha doce de Noviembre de dos mil dos, la Sra. Magistrada- Juez del JUZGADO DE LO PENAL NUMERO 1 DE PONTEVEDRA, dictó sentencia, en los autos originales de que el presente rollo dimana, cuyos hechos probados literalmente dicen: Que entre las 5,30 y 6,00 horas del día 21 de abril de 2002 mientras Juan María se encontraba en la acera del Pub "Tinos" de la localidad de Ponteareas en compañía de otros jóvenes bebiendo una botella de cerveza, hizo acto de presencia el acusado Salvadormayor de edad y ejecutoriamente condenado, entre otros, por un delito de lesiones en virtud de sentencia firme de fecha 15 de julio de 1994; por un delito de homicidio en grado de tentativa, en virtud de sentencia de fecha 5 de junio de 1997, quien sin medir motivo que lo justificase se dirigió hacia Juan María , arrebatándole la botella de cerveza que tenía en las manos, al tiempo que le decía "ese es mi territorio. Lárgate de aquí. Yo soy boxeador. Yo soy el Camarón".
Después de que Juan María le exigiese la devolución de la cerveza, el acusado, tras romper la botella, se dirigió a Juan María que ha se había dado la vuelta con intención de irse y le clavó la botella rota en la espalda, tirándole al suelo. Una vez en el suelo, el acusado, tras colocar una rodilla sobre el pecho de Juan María , volvió a golpearle con la botella rota en la frente, y al intentar clavársela de nuevo en la garganta, uno de los acompañantes de Juan María aprovechó su víctima para girar la cabeza, recibiendo ésta un golpe en la parte izquierda de la nuca, hasta que finalmente los chicos presentes en el lugar consiguieron separar al acusado de Juan María y decidieron llevarlo hasta el centro de salud, mientras el acusado amenazaba a Juan María diciéndole "como me denuncies, te mato de vertad. DÍ que caíste".
Como consecuencia de tales aresiones, Juan María sufrió lesiones consistentes en contracura cervical derecha y traumatismo torácico posterior, así como herida incisa en la región frontal derecha, que precisó de cinco puntos de sutura; herida incisa en región cervical posterior, a nivel de la nuca que precisó seis puntos de sutura y herida inciso-contusa en región dorsal a nivel interescapular que necesitó de diez puntos de sutura. Dichas lesiones precisaron de tratamiento médico consistente en curas tópicas ambulatorias, retirada...
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