SAP Barcelona 844/2003, 18 de Diciembre de 2003

PonenteINMACULADA CONCEPCION ZAPATA CAMACHO
ECLIES:APB:2003:7902
Número de Recurso597/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución844/2003
Fecha de Resolución18 de Diciembre de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 16ª

SENTENCIA N ú m. 844

Ilmos. Sres.

D. JORDI SEGUÍ PUNTAS

Dª. INMACUALADA ZAPATA CAMACHO

D. ENRIC ALAVEDRA FARRANDO

En la ciudad de Barcelona, a dieciocho de diciembre de dos mil tres.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Dieciseis de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Verbal nº 209/2003, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Hospitalet de Llobregat, a instancia de D. Alfredo , contra Dª. Araceli ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 24 de Abril de 2.003, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador Sr. López-Jurado González, en nombre y representación de DON Alfredo , contra DOÑA Araceli , representada por la Procuradora Sra. Tamburini Serra, debo condenar y condeno a dicha demandada a abonar al actor la cantidad de DOS MIL CUATROCIENTOS VEINTICINCO EUROS CON TREINTA Y CUATRO CENTIMOS, con más un interés anual, desde la fecha de esta resolución, igual al interés legal del dinero incrementado en dos puntos, imponiéndole el pago de las costas."

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 10 de Diciembre de 2.003.CUARTO.- En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. Magistrado/a D/Dª. INMACUALADA ZAPATA CAMACHO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Compartimos los razonamientos que llevaron a la juez "a quo" a estimar en su integridad la pretensión ejercitada en la demanda origen de las presentes actuaciones, razonamientos que no ha desvirtuado en esta alzada la demandada apelante.

La realidad de las gestiones profesionales realizadas por el letrado D. Alfredo por encargo conjunto de la demandada Dª Araceli y de Dª Alicia en base a las que elaboró la minuta cuyo importe (en el porcentaje del 50%) reclama en la demanda nos parece en efecto indiscutible. Insiste la ahora apelante en negar que dicho encargo comprendiera negociar con la empresa Cegomar (que había adquirido el inmueble en el que se encontraba la vivienda arrendada por la Sra. Araceli ) con el fin de obtener una indemnización por la extinción del contrato de arrendamiento, pero los hechos demuestran lo contrario. Y es que alegó la demandada en el escrito de contestación que, tras recibir la propuesta plasmada en el documento aportado a los folios 113 y 114, tan sólo acudió al despacho del abogado para efectuar una consulta acerca de la cantidad que le podía ofrecer la propiedad y en qué condiciones, pero significativamente admite haber mantenido tres reuniones con el Sr. Alfredo entre los meses de septiembre de 2001 y febrero de 2002. Es más, reconoció en el acto del juicio la Sra. Araceli que en la segunda reunión les dijo el abogado que tras negociar le ofrecían 6.000.000 ptas. (la primera oferta económica era de...

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