SAP Asturias 521/2002, 5 de Septiembre de 2002
Ponente | JOSE LUIS CASERO ALONSO |
ECLI | ES:APO:2002:3181 |
Número de Recurso | 225/2002 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 521/2002 |
Fecha de Resolución | 5 de Septiembre de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 7ª |
SENTENCIA Núm. 521/02
Ilmos. Sres. Magistrados:
D. JOSÉ LUIS CASERO ALONSO
DÑA. BERTA ALVAREZ LLANEZA
D. JULIAN PAVESIO FERNÁNDEZ
En GIJÓN, a cinco de Septiembre de dos mil dos.
VISTOS, por la Sección de esta Audiencia Provincial los presentes autos de Juicio de Menor Cuantía núm. 655/00, Rollo núm. 225/02, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Gijón entre partes, como apelante D. Ildefonso representado por el Procurador D. ANA BELDERRÁIN GARCIA bajo la dirección letrada de D. MINERVINO DE LA RASILLA, como apelado PROMOCIONES LA GALEA 98, SL., representado por el Procurador D. DON JUAN RAMON SUAREZ GARCIA bajo la dirección letrada de D. RAFAEL ANTUÑA EGOCHEAGA.
El Juzgado de Primera Instancia núm. 3 de Gijón, dictó en los referidos autos Sentencia de fecha 4 de Septiembre de 2001 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando la demanda principal y desestimando la demanda reconvencional, formulada por PROMOCIONES LA GALEA
98 SL. contra Ildefonso , debo declarar y declaro extinguido el régimen de Propiedad Horizontal del edificio propiedad de la actora y del demandado, sito en la calle DIRECCION000 No. NUM000 de Gijón, por causa de ruina económica del mismo al precisar obras de reconstrucción que superan el 50% del valor del edificio excluido el del solar, declarando que la actora y el demandado deberán pasar a un régimen de copropiedad ordinario teniendo la primera una cuota proindiviso sobre el inmueble de 82,5% y el segundo del 17,5%, declarando asimismo que una vez extinguido el régimen de propiedad horizontal, la entidad actora tiene derecho a que se extinga el proindiviso existente sobre el inmueble, debiendo procederse en ejecución de sentencia a su división conforme a las normas del código civil, con ventas en pública subasta para el caso de que el inmueble como fuere indivisible o desmereciere mucho con su división. Se imponen las costas a la demandada.
Una Vez firme la presente resolución inscríbase la presente resolución en el Registro de la Propiedad correspondiente, practicándose las cancelaciones procedentes.".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, por la representación de Don Ildefonso se interpuso recurso de apelación y admitido a trámite se remitieron a esta Audiencia Provincial, y cumplidos los oportunos trámites, la parte apelante instó la revocación parcial de la Sentencia y la apelada su confirmación.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Vistos siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ LUIS CASERO ALONSO
Como es bien sabido, el principio de pleno conocimiento de la cuestión litigiosa que del recurso de apelación se predica, tiene como límite la prescripción de la "reformatio in peius" y las materias consentidas por el recurrente (STS. 9-5-01 RA 7383, 8-3-01 RA 2599, 25-4-01 RA 2032 y 28-7-99 RA 6581) de suerte que queda fuera del mismo aquello que no se plantee ni es recurrido por la parte que se estime agraviada por la resolución objeto de recurso (STS 10-3-99 RA 2250), y viene obligado recordar esta doctrina porque se aprecia cierta inconsecuencia en el actuar de las partes en sede del presente recurso.
Veamos. A la solicitud de la actora contesta el demandado advirtiendo, en el hecho primero de la contestación, que las cuotas de participación sobre el inmueble no están correctamente fijadas y que, por tanto, la cuota de participación escriturada no es el parámetro correcto "para determinar el porcentaje de un hipotético condominio que pudiera resultar de la extinción del actual régimen", para luego, en el fundamento jurídico 4°, afirmar la necesidad de, con carácter previo y de acuerdo con lo que se establece en el art. 5 de la LPH., determinar la cuota de participación correcta que corresponda a cada piso o local, y termina...
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