SAP Orense, 19 de Mayo de 2005
Ponente | INES CELIA IGLESIAS CANLE |
ECLI | ES:APOU:2005:415 |
Número de Recurso | 257/2004 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 19 de Mayo de 2005 |
Emisor | Audiencia Provincial - Orense, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚM.
En la ciudad de Ourense a diecinueve de mayo de dos mil cinco.
VISTOS, en grado de apelación, por esta Audiencia Provincial, actuando como Tribunal Civil, los autos de Juicio Verbal procedentes del Juzgado Mixto de Puebla de Trives, seguidos con el nº. 38/04 , rollo de apelación núm. 257/04, entre partes, como apelante D. José , representado por la Procuradora Dª. ANA BELÉN VEGA GONZÁLEZ, bajo la dirección del Letrado D. JOSÉ DÍAZ OCAMPO. Es ponente la Ilma. Sra. Dª. Inés Celia Iglesias Canle.
Por el Juzgado Mixto de Puebla de Trives, se dictó sentencia en los referidos autos, en fecha 8 de julio 2004 , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Estimando parcialmente la demanda interpuesta por la representación en autos de don José condeno al demandado al pago al actor de la cantidad de mil quinientos veintisiete euros (1.527 euros) más los intereses legales desde la fecha de interposición de la demanda. Cada parte abonará las costas causadas a instancia y las comunes se satisfarán por mitad".
Notificada la anterior sentencia a las partes, se interpuso por la representación de José recurso de apelación en ambos efectos, y seguido por sus trámites legales, se remitieron los autos a esta Audiencia Provincial.
En la tramitación de este recurso se han cumplido las correspondientes prescripciones legales.
Contra la sentencia del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Puebla de Trives de 8 de julio de 2004 , por la que, se estima parcialmente la demanda interpuesta por la representación en autos de D. José condena al demandado al pago al actor de la cantidad de 1.527 euros más los intereses legales desde la fecha de la interposición de la demanda, abonando cada parte las costas ocasionadas a su instancia y las comunes por mitad, interpone recurso de apelación la representación de D. José , interesando la revocación de la sentencia de primera instancia, en el sentido de estimar totalmente la demanda, con expresa condena en costas en ambas instancias.
La sentencia de primera instancia reconoce, tal y como consta en el contrato de arrendamiento presentado, que "El contrato tiene una duración de cinco años, a contar desde el quince de septiembre del presente año (1995); quedando automáticamente resuelto, sin necesidad de aviso previo, enla fecha, en que cumplan...
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