SAP Navarra 63/2004, 19 de Abril de 2004

PonenteEDUARDO MARIA VALPUESTA GASTAMINZA
ECLIES:APNA:2004:390
Número de Recurso53/2004
Número de Resolución63/2004
Fecha de Resolución19 de Abril de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Navarra, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 63/2004

Ilmo. Sr. Presidente:

D. FRANCISCO GOYENA SALGADO

Ilmos. Sres. Magistrados:

D. RICARDO GONZÁLEZ GONZÁLEZ

D. EDUARDO VALPUESTA GASTAMINZA

En Pamplona, a 19 de abril de 2004.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados que al margen se expresan, ha visto en grado de apelación el Rollo Civil de Sala nº 53/2004, derivado de los autos de Juicio Ordinario nº 129/2003, del Juzgado de Primera Instancia Nº 4 de Pamplona siendo parte apelante, el demandado ZEROA MULTIMEDIA S.A. y D. Clemente , representados por la Procuradora Dª. Ana Muñiz Aguirreurreta, y asistidos de la Letrada Dª. Elena Modrego Ochoa; parte apelada, la demandante D. Juan Carlos , representado por el Procurador D. Jaime Ubillos Minando, y asistido del Letrado D. Ignacio del Burgo Azpíroz.

Siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado de esta Sección, D. EDUARDO VALPUESTA GASTAMINZA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Con fecha cinco de noviembre de 2003, el referido Juzgado, en el citado procedimiento, dictó Sentencia cuyo fallo es del siguiente tenor literal: "Que estimando la demanda interpuesta por Don Juan Carlos contra Don Clemente como DIRECCION000 del Diario de Noticias y contra Zeroa Multimedia S.A. debo declarar que las informaciones publicadas en el Diario de Noticias en fecha 8 de enero de 2003 relativas Don. Juan Carlos así como las publicadas los días posteriores incluidos algunos de los mensajes anónimos, constituyen una intromisión ilegítima en el derecho del honor del Sr. Juan Carlos , debiendo condenar a la demandada al pago en concepto de daño moral de 6.000 euros más los intereses que devenguen dicha cantidad desde la presente resolución así como a la difusión en igual o similar forma de la presente sentencia en dicho Diario de Noticias. Todo ello con expresa condena en costas a las demandadas".

TERCERO

Notificada dicha resolución, fue apelada en tiempo y forma por la representación procesal de los DEMANDADOS, en solicitud de que se revoque la sentencia recurrida, desestimándose íntegramente la demanda en los términos contenidos en el escrito de contestación a la demanda, con expresa imposición de las costas.

CUARTO

En el trámite del art. 461 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, la parte apelada, evacuó el traslado para alegaciones, oponiéndose al recurso de apelación y solicitando la confirmación de laSentencia recurrida, con expresa imposición de costas a la parte recurrente.

QUINTO

Admitida dicha apelación en ambos efectos y remitidos los autos a la Audiencia Provincial, previo reparto, correspondieron a esta Sección Segunda, en donde se formó el Rollo de Apelación Civil ya referido, en el que se señaló el día uno de abril de 2004 para su deliberación y fallo, habiéndose observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente litigio deriva de unas noticias publicadas en el Diario de Noticias acerca del incidente ocurrido el día 22 de diciembre de 2002 en el Bar "La Carbonera" de esta capital navarra. Tal incidente consistió en una riña mantenida entre el actor, D. Juan Carlos , y el redactor del periódico codemandado D. Alberto , por la cual aquél fue condenado en juicio de faltas seguido ante el Juzgado de Instrucción nº 4 de Pamplona. El periódico Diario de Noticias publicó el día 8 de enero de 2003 una información que ocupaba toda una página, además de un recuadro en primera página, y en días sucesivos siguió haciendo alusión al hecho y publicando mensajes recibidos en el contestador del periódico. La juzgadora de primera instancia consideró que la información publicada atentaba contra el derecho al honor del Sr. Juan Carlos , al incluir opiniones partidistas a favor de los intereses del periódico y del periodista agredido, suponer una campaña de desprestigio personal y profesional del actor y no haberse controlado la identidad de los autores de los mensajes publicados en el apartado "Deje su Mensaje". Contra dicha resolución se interpone el presente recurso, que solicita la desestimación de la demanda.

SEGUNDO

Tras realizar una introducción acerca de las relaciones entre los derechos de información y al honor recogidos en la Constitución española, la recurrente impugna la Sentencia básicamente por dos razones: porque la...

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