SAP Navarra 145/1999, 4 de Octubre de 1999

PonenteFRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO
Número de Recurso78/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución145/1999
Fecha de Resolución 4 de Octubre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Navarra

SENTENCIA Nº 145

Ilmos. Sres.

Presidente:

D. FERMIN ZUBIRI OTEIZA

Magistrados:

D. FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO

D. ALVARO LATORRE LOPEZ

---------------------------------I.- ENCABEZAMIENTO:

En Pamplona, a cuatro de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.

Vistos ante la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Navarra/Nafarroa, por los Sres. Magistrados que figuran al margen, en grado de apelación, el presente rollo 78/99 correspondiente a los autos de Procedimiento Abreviado 80/99, procedentes del Juzgado de lo Penal número Dos de Pamplona/Iruña, y seguidos por un delito de usurpación de funciones públicas. Siendo parte apelante Jesús Carlos , representado por la Procuradora Dª ELENA ZOCO ZABALA y defendido por el Letrado D. JORGE TUDANCA MARTINEZ; y como apelado el MINISTERIO FISCAL.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO JOSE GOYENA SALGADO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal número Dos de Pamplona/Iruña se dictó sentencia de fecha 31 de mayo de 1.999 , recaída en autos de Procedimiento Abreviado 80/99, en la que se declaran como Hechos Probados: "Sobre las 19 horas del día 2 de Agosto de 1.998, el acusado Jesús Carlos , mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, se acercó a cuatro jóvenes que se encontraban en la C/ Hermanos Imaz de Pamplona, en trance de prepararse algunos "porros de hachís", identificándose de palabra como Policía y al mismo tiempo que mostraba una placa con el anagrama y título de la guardia Civil, pidiéndoles que se indentificaran y le entregaran una china de hachís. En un momento dado llegó a arrebatar a uno de los jóvenes un pedazo de tal sustancia y sospechando uno de los jóvenes, Jose Ignacio , que aquella persona no era agente de la autoridad así se lo expresó, en cuyo momento el acusado levantándose la camisa o prenda superior que llevaba, mostró un revolver que llevaba sujeto con la cintura de su pantalón. En acusado quiso marcharse del lugar y empezó a alejarse, en cuyo momento el mismo anterior joven, Jose Ignacio se abalanzó sobre el acusado iniciándose un forcejeo y pelea entre ambos, en la que asimismo llegó a intervenir alguno de los otros jóvenes, y en cuyo curso, sin conocerse aldetalle el relato circunstanciado, el acusado llegó a sacar el revolver dando un golpe sobre la cabeza de Jose Ignacio , al que le ocasionó una erosión en cuero cabelludo, habiendo renunciado a cualquier indemnización. Finalmente consiguieron quitarle el revólver, llegando al lugar una patrulla de la Policía Nacional que ocupó los efectos y dio fin al incidente. El revólver aprehendido propiedad del acusado es un revolver de Gas marca Gamo clasificado como arma reglamentaria en buen estado de funcionamiento y conservación, si bien carecía en esos momentos de bombona de gas de munición."

Asimismo recayó Fallo del tenor literal siguiente: "Que debo condenar y condeno a Jesús Carlos como autor responsable de un Delito de Usurpación de Funciones Públicas ya definido, con la concurrencia de la circunstancia atenuante cualificada de enajenación, a las Penas de Seis Meses de Prisión y a la Accesoria de Inhabilitación Especial para del Derecho de Sufragio Pasivo durante el tiempo de la condena, condenándole asimismo al pago de la mitad de las costas procesales. Debiendo absolverle como le Absuelvo de la Falta de la que asimismo venia acusado, declarando de oficio la otra mitad de las costas. Decreto el comiso y destrucción de la placa, filo de cuchillo y revólver que se ocuparon. Se aprueba por sus propios fundamentos el Auto de Insolvencia dictado por el Juez Instructor. Y para el cumplimiento de las penas que se le imponen, se le abonará el tiempo en que ha estado privado de libertad por esta causa."

SEGUNDO

Publicada y notificada en legal forma la citada sentencia, por la Procuradora Dª. ELENA ZOCO ZALBA, en nombre y representación de Jesús Carlos , se interpuso recurso de apelación para ante la Audiencia, con base en los motivos que estimó oportunos y con el suplico de que se dicte sentencia, revocando la de instancia y decretando la libre absolución de su representado.

TERCERO...

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