SAP Asturias 243/2006, 22 de Junio de 2006
Ponente | MARIA PAZ FERNANDEZ-RIVERA GONZALEZ |
ECLI | ES:APO:2006:1957 |
Número de Recurso | 133/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 243/2006 |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Asturias, Sección 1ª |
SENTENCIA NÚMERO 243/06
ROLLO: RECURSO DE APELACION (LECN) 0000133/2006
Ilmos. Sres.
PRESIDENTE
D. José Ignacio Álvarez Sánchez
MAGISTRADOS
D. Guillermo Sacristán Represa
Doña Paz Fernández Rivera González
En Oviedo a, veintidós de Junio de dos mil seis.
VISTOS en grado de apelación por esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de OVIEDO, los presentes autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 3965/2004 , procedentes del JDO.1A.INST. E INSTRUCCION N.1 de AVILES, Rollo 133/2006, entre partes, como Apelante/s MAPFRE INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS y ALIMERKA, S.A. representados por el Procurador de los Tribunales DOÑA ANA MARÍA FELGUEROSO VÁZQUEZ, y bajo la dirección letrada de DOÑA NORMA GARCÍA MARTÍNEZ, y como Apelado/s DOÑA Francisca representado por el Procurador de los Tribunales DOÑA MARÍA ISABEL FERNÁNDEZ FUENTES, y bajo la dirección letrada de DON JOSÉ RAMÓN NISTAL DÍAZ.
Se aceptan los antecedentes de hecho de la Sentencia apelada.
El Juzgado 1 de Avilés dictó Sentencia en los autos referidos con fecha treinta de Noviembre de dos mil cinco cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando parcialmente la demanda formulada por Dª Francisca , contra SUPERMERCADOS ALIMERKA S.A. y SEGUROS MAPFRE, DEBO CONDENAR Y CONDENO a dichos demandados a que abonen conjunta y solidariamente a la parte actora la cantidad de 5.499,87 euros, más el interés legal del dinero incrementado en el 50% desde la fecha del siniestro respecto de la aseguradora, sin expresa condena en costas aninguna de las partes".
Notificada la anterior Sentencia a las partes, se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, que fue admitido en ambos efectos, previos los traslados ordenados, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial con las alegaciones escritas de las partes.
Por Auto de fecha doce de Mayo de dos mil seis se acordó recibir el recurso a prueba en esta instancia, admitiendo la prueba testifical de DOÑA Amelia propuesta por la parte apelada, señalándose para su práctica el día doce de Junio de dos mil seis en hora de las diez y treinta de su mañana, haciendo constar que con esa misma fecha se señala celebración de vista pública.
En la tramitación del presente Recurso se han observado las prescripciones legales.
VISTOS, siendo Ponente la Iltma. Sra. DOÑA Paz Fernández Rivera González.
Frente a la sentencia dictada en los autos de los que este recurso dimana se alza la entidad ALIMERKA S.A. y MAPFRE INDUSTRIAL, SOCIEDAD ANÓNIMA DE SEGUROS quienes, tras alegar error en la valoración de la prueba, interesaron la revocación de la recurrida, con carácter principal, para desestimar íntegramente la demanda...
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