SAP Palencia 211/2006, 3 de Julio de 2006
Ponente | JUAN MIGUEL DONIS CARRACEDO |
ECLI | ES:APP:2006:408 |
Número de Recurso | 232/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 211/2006 |
Fecha de Resolución | 3 de Julio de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Palencia, Sección 1ª |
SENTENCIA NUMERO 211/06 SEÑORES DEL TRIBUNAL
Ilmo. Sr. Presidente
DON CARLOS J. ALVAREZ FERNANDEZ
Ilmos. Sres. Magistrados:
DON ANGEL MUÑIZ DELGADO
DON MIGUEL DONIS CARRACEDO
---------------------------Palencia, a tres de julio de dos mil seis
VISTO en grado de apelación ante esta Sección 001 de la Audiencia Provincial de PALENCIA, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000635 /2005, procedentes del JDO.1A.INST.E INSTRUCCION N.2 de PALENCIA, a los que ha correspondido el Rollo 0000232 /2006,en virtud del Recurso de Apelación interpuesto contra la sentencia recaída en el mismo de fecha 17/03/06 en los que aparece como parte apelante D. Emilio representado por el
procurador D. JOSÉ-MANUEL TRECEÑO CAMPILLO, y asistido por la Letrada Dª. ANA MARIA PEREZ ASENSIO, y como apelados D. Margarita , D. Victor Manuel Y DOÑA Natalia representados por el Procurador Sr. Andrés y asistidos por el Letrado D. Cesar de
Nicolás, siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. DON MIGUEL DONIS CARRACEDO. ANTECEDENTES DE HECHO
Que el Fallo de dicha Sentencia, literalmente dice:"Que estimando la demanda interpuesta por Dª Natalia , Dª Margarita y D. Victor Manuel contra D. Emilio , debo declarar y declaro resuelto el contrato de arrendamiento existente entre ambas partes respecto a la finca rústica descrita en el fundamento de derecho primero de esta resolución, y condeno al referido demandado a desalojar y dejar a disposición de Dª Natalia la referida finca, con apercibimiento de lanzamiento en caso de no hacerlo voluntariamente, y con imposición al demandado de las costas causadas en el presente procedimiento".
Contra dicha Sentencia interpuso la parte demandada el presente Recurso de Apelación, exponiendo las alegaciones en las que se basaba su impugnación, que fue admitido en ambos efectos, y previo traslado a las demás Partes para que presentaran escritos de impugnación o adhesión, fueron elevados los autos ante esta Audiencia, y al no haber sido propuesta prueba, es procedente dictar sentencia.
Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la Resolución recurrida en tanto no se opongan a los de la presente Resolución.
En contra de la Sentencia de 17-3-2.006, emanada del Juzgado de 1ª Instancia nº 2 de los de esta ciudad y por la que se declaró resuelto el contrato de arrendamiento rústico existente entre las Partes, se alza la Representación de Emilio e interesando, en síntesis, la revocación de mencionada Resolución en base a los argumentos que se contienen en su correspondiente escrito de recurso.Por su parte, la Representación de Margarita , Victor Manuel y Natalia , en su escrito de oposición al de apelación instado, interesó la íntegra confirmación de la Sentencia...
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