SAP Barcelona, 19 de Julio de 2002
Ponente | FRANCISCO HERRANDO MILLAN |
ECLI | ES:APB:2002:7746 |
Número de Recurso | 865/2000 |
Procedimiento | CIVIL |
Fecha de Resolución | 19 de Julio de 2002 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª |
SENTENCIA N ú m.
Ilmos. Sres.
Dª. CARMEN MUÑOZ JUNCOSA
D. FRANCISCO HERRANDO MILLAN
Dª. HELENA SELLART OLLEARIS
En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de julio de dos mil dos.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Dec. mayor cuantía-reclam. cantidad, número 345/1993 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 10 Barcelona, a instancia de A. ROSILLO; SA representada por el Procurador D. ANTONIO ANZIZU FUREST y dirigida por la Letrada Dª. Marisa Terra Salada, contra D. Lucas representado por la Procuradora Dª. Concha Cuyas, y dirigido por la Letrada Dª. Concha Vilar contra Dª. Elena representada por el Procurador D. Ivo Ranera, y dirigida por el Letrado D. Ignacio Maella y contra TEM ARQUITECTURA E INGENIERIA; SL incomparecida en esta alzada y representada en los Estrados del Tribunal; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por A. ROSILLO; SA contra la Sentencia dictada en los mismos el día 29 de febrero de 2.000, por el Sr. Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando íntegramente la demanda interpuesta por A. ROSILLO S.A. contra DOÑA Elena , TEM ARQUITECTURA E INGENIERIA y DON Lucas , debo absolver y absuelvo a los demandados de todo pronunciamiento en contra, condenando a la actora al pago de las costas devengadas en la sustanciación del presente".
Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por A. ROSILLO; SA yadmitido el mismo en ambos efectos, se elevaron los autos a esta Superioridad, previo emplazamiento de las partes, y comparecidas las partes, se siguieron los trámites legales y tuvo lugar la celebración de la vista pública el día 27 de junio de 2002, con el resultado que obra en la precedente diligencia.
En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales, salvo el plazo para dictar sentencia.
VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. FRANCISCO HERRANDO MILLAN.
Promovió la actora las presentes actuaciones en reclamación de cantidad por los daños y perjuicios sufridos por el incumplimiento por los demandados de las obligaciones contractuales respecto a la construcción de 2 plantas subterráneas dedicadas a parking, que tras varias modificaciones constructivas y subsiguientes proyectos de modificaciones se concretaron en 6 subplantas. Desestimada la demanda se alzó contra la sentencia de instancia la actora.
Se admiten los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.
Insiste la apelante, promotora-constructora de las subplantas en cuestión, en sus pretensiones indemnizatorias frente al arquitecto, autor y director de la ejecución de los reiterados proyectos, ante el aparejador y TEM, S.L., en base...
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