SAP Barcelona 731/2004, 20 de Julio de 2004

PonenteFERNANDO MARTINEZ PEREZ
ECLIES:APB:2004:9684
Número de Recurso556/2004
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución731/2004
Fecha de Resolución20 de Julio de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 7ª

SENTENCIA N ú m. 7 3 1

Ilmos. Sres.

D./Dª. FERNANDO PEREZ MAIQUEZ

D./Dª. FERNANDO VALLE ESQUES

D./Dª. CONCEPCION SATORRA CAMPODARVE

En la ciudad de Barcelona, a veinte de julio de dos mil cuatro.

VISTO, en nombre de S. M. el Rey, ante esta Sección Séptima de la Audiencia Provincial, el rollo de apelación penal nº 556-04, formado para sustanciar el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada el día 23 de febrero de 2004 por el Juzgado de lo Penal nº 18 de Barcelona en el Procedimiento Abreviado nº 190-2003 , seguido por un delito de robo con violencia, contra Plácido ; siendo parte apelante el mismo, representado/a por el/la Procurador/a D/Dª. Nuria Tor Patiño y dirigido por el/la Letrado/a D/Dª. Ana Sanllehi Soler; siendo parte apelada el Ministerio Fiscal y Ponente el/la Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. FERNANDO PEREZ MAIQUEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de lo Penal nº 18 de Barcelona con fecha 23 de febrero de 2003 se dictó sentencia en el Procedimiento Abreviado del margen, en cuya parte dispositiva textualmente se dice:"FALLO: Que debo condenar y condeno a Plácido como autor criminalmente responsable de un delito de robo con violencia, precedentemente definido y penado en el artículo 242.1 y del CP , concurriendo la circunstancia modificativa atenuante de drogadicción del artículo 21.2 del CP , a la pena de un año de prisión con accesoria legal de inhabilitación especial para el ejercicio de derecho de sufragio durante el tiempo de condena.

Abónese al acusado para el cumplimiento de la pena impuesta ( art. 58 ) el tiempo que por ésta causa estuvo privado de libertad, de no haberlo sido ya en otro y otras.

El acusado deberá igualmente hacer frente al pago de las costas procesales causadas a suinstancia.".

SEGUNDO

Notificada dicha resolución contra la misma se interpuso recurso de apelación por la representación de Plácido ; y una vez admitido a trámite dicho recurso se dio traslado del mismo a las demás partes para que por el término legal formulasen las alegaciones que estimasen convenientes a sus respectivos derechos, trámite que fue evacuado con el resultado que consta en las actuaciones, siendo éstas remitidas con posterioridad a esta Sección de la Audiencia Provincial.

TERCERO

Recibidas, se señaló día y hora para la deliberación y votación del recurso, en el que la parte apelante solcitó la revocación de la sentencia apelada y se dicte otra en la que se absuelva al recurrente por el delito de robo con violencia de que fue acusado y se le condene por una falta de hurto o alternativamente si se mantiene la condena por el delito de robo se le aplique la eximente del artículo 20.2 del Código Penal y la atenuante del artículo 21.4 del mismo imponiendole la pena inferior en grado a la pena tipo, en concreto la pena de prisión de 6 meses. Dicho recurso fue impugnado por el Ministerio Fiscal que solicitó la confirmación de la...

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