SAP Barcelona, 4 de Junio de 2002

PonenteMIREIA RIOS ENRICH
ECLIES:APB:2002:5978
Número de Recurso864/2001
ProcedimientoCIVIL
Fecha de Resolución 4 de Junio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª

SENTENCIA Núm.

Ilmos. Sres.

Dª. AMPARO RIERA FIOL

Dª. MERCEDES HERNÁNDEZ RUIZ OLALDE

Dª. MIREIA RÍOS ENRICH

En la ciudad de Barcelona, a cuatro de junio de dos mil dos.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Ejecutivo nº 472/2000, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Barcelona, a instancia de CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRÁNEO, contra GB RECAMBIOS ORIGINALES AUTOMOCIÓN, SA., TCD. INVERSIONES INMOBILIARIAS, SL., BARNACO, SA. y D. Lucas ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 11 de Junio de 2001 y Auto de Aclaración de 5 de Julio de 2001, por el/la Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que desestimando la oposición a la demanda deducida en estos autos de juicio ejecutivo que contra las entidades GB. RECAMBIOS ORIGINALES AUTOMOCIÓN, SA., TCD INVERSIONES INMOBILIARIAS, SL. y BARNACO, SA. y contra Don Lucas se interpuso por la demandante CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRÁNEO (CAM), mando seguir adelante la ejecución hasta hacer trance y remate de los bienes embargados de los referidos demandados para con su importe efectuar, conjunta y solidariamente, entero y cumplido pago al actor de la suma de 17.500.958,- pesetas de principal, más sus costas causadas al pago de cuyas cantidades se condena expresamente a los codemandados".

SEGANDO.- Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 28 de Mayo de 2002.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MIREIA RÍOS ENRICH.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La actora CAJA DE AHORROS DEL MEDITERRANEO formula demanda de juicio ejecutivo sumario contra las sociedades GB RECAMBIOS ORIGINALES AUTOMOCION SA., TCD INVERSIONES INMOBILIARIAS SL., y BARNACO SA. y contra DON Lucas en base a una póliza de crédito con motivos de descuentos y otras operaciones mercantiles suscrita el 26 de enero de 1.998 por la sociedad GB RECAMBIOS ORIGINALES AUTOMOCION SA., y ampliada posteriormente el 28 de agosto y 24 de noviembre de 1.998 y el 29 de octubre de 1.999, por un importe máximo disponible de 55 millones de pesetas, en virtud de la cual, el demandado podía obtener el pago anticipado de los créditos de los que era titular frente a terceros, así como la gestión de cobro de los mismos, anticipando el acreditado el importe de los créditos mediante el ingreso en la cuenta especial de efectos antes referida del nominal de los citados créditos, previa deducción de los intereses y comisiones aplicables a cada operación; el pago de la póliza se hallaba garantizado mediante aval personal de las sociedades TCD INVERSIONES INMOBILIARIAS SL., y BARNACO SA. y de DON Lucas .

Expone la actora en su demanda que en cumplimiento de los términos del contrato de descuento, estipulación primera, la actora procedió al descuento de las letras de cambio y efectos de comercio que la codemandada sociedad GB RECAMBIOS ORIGINALES AUTOMOCION SA., le fue remesando; sin embargo, al presentar al cobro los referidos efectos, la actora se encontró con que alguno de los mismos fueron desatendidos por sus librados o resultaron incorrientes sin que la demandante pudiera cargar tal importe en la cuenta que a tal efecto mantiene la acreditada sociedad GB RECAMBIOS ORIGINALES AUTOMOCION SA., por cuanto la misma carecía de saldo alguno; concretamente, la sociedad GB RECAMBIOS ORIGINALES AUTOMOCION SA entregó para su descuento, a la demandante, efectos por importes nominales de 15.695.396 de pesetas que fueron insatisfechos por sus librados, y que ante la pasividad de los demandados de reintegrar el importe más los intereses y gastos, la demandante procedió la cierre de la cuenta especial abierta con ocasión de la póliza de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Cataluña , 5 de Febrero de 2004
    • España
    • Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, sala social
    • 5 Febrero 2004
    ...DE BARCELONA frente a la Sentencia del Juzgado Social 11 Barcelona de fecha 4 de junio de 2002 dictada en el procedimiento Demandas nº 864/2001 y siendo recurrido/a Lorenza , TGSS y FREMAP. Ha actuado como Ponente la Sra. SARA MARIA POSE VIDAL. ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO Con fecha 26.11.......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR