SAP Zaragoza 92/2003, 14 de Febrero de 2003

PonenteJAVIER SEOANE PRADO
ECLIES:APZ:2003:379
Número de Recurso389/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución92/2003
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Zaragoza, Sección 4ª

SENTENCIA NUMERO NOVENTA Y DOS

Ilmos. Señores:| En la Ciudad de Zaragoza a catorce

Presidente:| de Febrero D. José J. Solchaga Loitegui | de dos mil tres. Magistrados:| D. Javier Seoane Prado | D. Eduardo Navarro Peña | En nombre de S.M. el Rey --------------------------------------------VISTO por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Zaragoza, integrada por los Magistrados del margen el recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada en fecha 27.12.01 por el Juzgado de Primera Instancia Número Ocho de Zaragoza , en autos de Juicio Verbal seguidos con el número 637/01, sobre Desahucio por falta de pago, de que dimana el presente rollo de apelación numero 389/02 en el que han sido partes, apelante , el demandado D. Luis representado por el Procurador D. Carlos Berdejo Gracián y asistido el Letrado D. Alfonso Bayo Pérez, y, apelada, la demandante Instituto del Suelo y la Vivienda de Aragón de la Diputación General de Aragón asistida del Letrado D. de la Comunidad Autónoma de Aragón siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. Javier Seoane Prado que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

Se aceptan los correlativos de la sentencia recurrida; y

PRIMERO

La anterior sentencia contiene la parte dispositiva siguiente: "FALLO: Que estimando la demanda interpuesta por el Letrado de la Comunidad Autónoma contra D. Luis debo: Primero.- Declarar haber lugar al desahucio solicitado por la parte actora.- Segundo.-Condenar a la parte demandada a desalojar el inmueble arrendado en el término señalado en el fundamento tercero de esta resolución, con apercibimiento de lanzamiento si no lo hiciere.- Tercero.- Condenar a dicha parte al pago de las costas causadas."

SEGUNDO

Notificada dicha sentencia a las partes, por la representación procesal de la demandada

D. Luis , se interpuso en tiempo y forma contra la misma recurso de apelación. Dado traslado a la parte demandante formuló oposición al presente recurso remitiéndose los autos originales a esta Audiencia Provincial, Sección Cuarta.

TERCERO

Recibidos los autos, formado el correspondiente rollo, sin celebración de Vista, se señaló para deliberación y votación el día 13 de Febrero de 2003 en que tuvo lugar.

CUARTO

En la sustanciación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan...

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