SAP Melilla 60/2005, 13 de Mayo de 2005

PonenteJUAN RAFAEL BENITEZ YEBENES
ECLIES:APML:2005:152
Número de Recurso51/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución60/2005
Fecha de Resolución13 de Mayo de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Melilla, Sección 7ª

SENTENCIA Nº60

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

D. José Luís Ruiz Martínez

MAGISTRADOS:

D. Mariano Santos Peñalver

D. Juan Rafael Benítez Yébenes

En Melilla, a trece de mayo de dos mil cinco.-La Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Málaga con sede permanente en Melilla, constituida a este efecto por los Magistrados que al margen se expresan, ha visto los presentes autos de Juicio Oral nº 68/05, dimanantes del Juzgado de lo Penal nº Uno de esta Ciudad , en virtud de Recurso de Apelación (Rollo nº 51/05), contra la Sentencia pronunciada por la precitada instancia judicial con fecha veintiuno de marzo de dos mil cinco, siendo Ponente el Ilmo. Sr. D. Juan Rafael Benítez Yébenes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los de la sentencia apelada, que se dan por reproducidos.

SEGUNDO

La referida sentencia, dictada el día veintiuno de marzo de dos mil cinco, contiene en su Fallo los siguientes pronunciamientos dispositivos:

Que debo condenar y condeno al acusado, Don Javier , como autor criminalmente responsable de un delito contra la salud pública, sin la concurrencia de ninguna circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal, a la pena de tres años (3 años) y nueve meses (9 meses) de prisión y sesenta y un mil euros con cincuenta céntimos de euro (61.000,50 euros) de multa, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de un mes (1 mes), a la pena accesoria de inhabilitación especial para elejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena, así como condenándole al pago de la mitad de las costas.

Se ordena el decomiso y destrucción de las sustancias intervenidas, así como el decomiso del vehículo intervenido

TERCERO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por el Procurador D. José Luís Ybancos Torres, en nombre y representación del mencionado acusado Javier , asistido del Letrado D. Juan Sánchez Ramírez, quien alegó infracción, por inaplicación, del artículo 20-5º en relación con el artículo 21-1º del Código Penal , pues en la fecha de autos su representado se hallaba inmerso en una serie de problemas familiares y personales que le llevaron a cometer los hechos por los que ha sido enjuiciado; que pocos meses antes había fallecido su hermano tras padecer una larga enfermedad, habiendo soportado junto con su familia los gastos derivados de la enfermedad, y tras exponer cuantos argumentos tuvo por convenientes, terminó suplicando que se dicte nueva sentencia en la que se estime la aplicación de la atenuante del artículo 20-5º en relación con el artículo 21-1º del Código Penal , considerándose como muy cualificada y que en consecuencia se reduzca la pena en uno o dos grados y subsidiariamente a lo anterior se estime dicha atenuante y por consiguiente se reduzca la pena impuesta a su representado en el periodo que corresponda, en consecuencia con las alegaciones realizadas en el presente recurso.

CUARTO

Admitida la apelación, se dio traslado a las demás partes a efectos de impugnación o adhesión al...

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