STSJ Aragón 635/2006, 18 de Septiembre de 2006

PonenteLUIS FERNANDEZ ALVAREZ
ECLIES:TSJAR:2006:2257
Número de Recurso275/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución635/2006
Fecha de Resolución18 de Septiembre de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA Nº 635 DE 2006

ILUSTRÍSIMOS SEÑORES

PRESIDENTE

D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ

MAGISTRADOS:

D. LUIS IGNACIO PASTOR EIXARCH

D. MANUEL SERRANO BONAFONTE

Dª CARMEN SAMANES ARA

En Zaragoza, a dieciocho de septiembre de dos mil seis.

En nombre de S.M. el Rey.

VISTO por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso - Administrativo del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ARAGÓN, integrada por los Magistrados que al margen se relacionan, el presente recurso contencioso-administrativo número 275/04-A, seguido entre partes, de la una como demandante Dª. Verónica , mayor de edad y vecina de Zaragoza, representada por el Procurador D. Pedro Charlez Landivar y dirigida por la Letrada Dña. Paula Hormigón Solas y de la otra como demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado, versando el juicio, que se sustanció por los trámites del procedimiento ordinario, sobre impugnación de la resolución del Secretario de Estado de Educación y Universidades de 26 de marzo de 2004, que desestima el recurso de alzada interpuesto por la Sra. Verónica contra la resolución de 30 de septiembre de 2003 del Director General de Universidades por la que se certificaba el informe desfavorable emitido por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) a los efectos de poder ser contratada como profesora colaboradora.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Procurador Sr. Charlez Landivar, en la representación que ostenta, formuló recurso contencioso-administrativo contra las resoluciones indicadas en el encabezamiento de ésta sentencia, mediante escrito que tuvo entrada en la Secretaria de este Tribunal en fecha 2 de junio de 2004 .

SEGUNDO

Admitido a trámite el recurso, y tras la recepción del expediente administrativo, se dedujo la correspondiente demanda en la que la parte actora, después de alegar los hechos y fundamentos de derecho que creyó pertinentes, terminó suplicando se dicte sentencia por la que se anulen las resoluciones impugnadas, y para el caso de que se considere que se ha producido la revocación de un acto administrativo de derechos previamente adoptado por silencio administrativo, se declare el derecho de la Sra. Verónica a obtener informe favorable a efectos de su contratación como profesora colaboradora.

TERCERO

Efectuado el traslado de la demanda, el Abogado del Estado, en nombre y representación de la Administración demandada, contestó mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, terminó solicitando se desestimara el recurso interpuesto.

CUARTO

Recibido el pleito a prueba, se practicó la de interrogatorio de parte con el resultado que obra en autos, y una vez terminado el periodo de prueba, se formularon conclusiones escritas, fijándose para votación y fallo el día 4 de septiembre del presente año.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. LUIS FERNÁNDEZ ÁLVAREZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El objeto del presente recurso contencioso-administrativo es la impugnación de la resolución del Secretario de Estado de Educación y Universidades de 26 de marzo de 2004, que desestima el recurso de alzada interpuesto por la Sra. Verónica contra la resolución de 30 de septiembre de 2003 del Director General de Universidades por la que se certificaba el informe desfavorable emitido por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) a los efectos de poder ser contratada como profesora colaboradora.

SEGUNDO

Para la adecuada solución de la cuestión litigiosa es útil consignar, de forma previa, los siguientes extremos:

- Dª Verónica presentó en fecha 19 de mayo de 2003 solicitud de informe de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación a efectos de poder ser contratada...

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