STSJ Castilla-La Mancha 166/2015, 15 de Junio de 2015
Ponente | ANTONIO RODRIGUEZ GONZALEZ |
ECLI | ES:TSJCLM:2015:2017 |
Número de Recurso | 370/2013 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 166/2015 |
Fecha de Resolución | 15 de Junio de 2015 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1
ALBACETE
SENTENCIA: 00166/2015
Recurso de Apelación nº 370/13
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Guadalajara
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SALA DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 1ª
Iltmos. Sres.:
Presidente:
D. José Borrego López.
Magistrados:
D. Mariano Montero Martínez.
D. Manuel José Domingo Zaballos.
D. Antonio Rodríguez González.
D. José Antonio Fernández Buendía.
SENTENCIA Nº 166
En Albacete, a quince de junio de dos mil quince.
Vistos por la Sección 1ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, el recurso de apelación interpuesto por la entidad PROMOCIONES Y PROYECTOS GAUDÍ S.A., representada por el Procurador Sr. Fernández Manjavacas, contra la Sentencia nº 260, de fecha 3 de Septiembre de 2013, dictada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 1 de Guadalajara, en el procedimiento ordinario nº 89/11, y como parte apelada el CONSEJO SUPERIOR DE COLEGIOS DE ARQUITECTOS DE ESPAÑA, representado por el Procurador Sr. Ponce Riaza. Siendo Ponente el Iltmo. Sr.
D. Antonio Rodríguez González.
Dicho Juzgado dictó Sentencia con la siguiente parte dispositiva: "QUE DEBO DECLARAR Y DECLARO LA INADMISIBILIDAD DEL RECURSO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO Nº 89/2011, interpuesto por la entidad mercantil PROMOCIONES Y PROYECTOS GAUDÍ S.L. representado/da por el/la Procurador/ra de los Tribunales Don/Doña Antonio Estremera Molina, contra el COLEGIO OFICIAL DE ARQUITECTOS DE CASTILLA LA MANCJHA, demarcación de Guadalajara, representado/da por el/ la Procurador/ra de lo Tribunales Don/Doña Alicia Carcavilla Beltrá, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 b ) y e) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativo. SIN REALIZAR ESPECIAL PRONUNCIAMIENTO EN CUANTO A LAS COSTAS".
Notificada la resolución a las partes interesadas, la parte demandante interpuso recurso de apelación dentro de plazo. Admitido a trámite por el Juzgado, se dio traslado a la parte demandada para que hiciese alegaciones, trámite que cumplimentó en legal forma.
Elevados los autos y el expediente administrativo, en unión de los escritos presentados, se formó el correspondiente rollo de apelación. No habiéndose solicitado por las partes personadas la celebración de vista, ni considerándose necesaria la misma por este Tribunal, se señaló para votación y fallo el día el 14 de mayo de 2015.
La sala de oficio, por providencia de fecha 14 de mayo de 2015, planteó a las partes personadas en el pleito de tesis de nulidad de actuaciones; dando traslado a las partes personadas para que hiciesen alegaciones; trámite que cumplimentó exclusivamente la parte apelante.
Como se expuso en los antecedentes de esta resolución, el Tribunal procedió a plantear a las parte la posibilidad de acordar la nulidad de la resolución objeto del presente recurso y ello sobre la base de la existencia de precedentes en esta misma Sala y Sección respecto a la cuestión ahora nuevamente planteada, esto es, la adopción de oficio e "inaudita parte" de la decisión de inadmitir mediante sentencia un recurso contencioso administrativo. En concreto en nuestra sentencia de fecha 13 de marzo de 2015 (AP 176/2013 ponente José Borrego López) se indica:
Debemos proceder a declarar la nulidad...
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STSJ Castilla-La Mancha 25/2021, 25 de Enero de 2021
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