SAP Granada 668/1998, 8 de Septiembre de 1998

PonenteJUAN FRANCISCO RUIZ-RICO RUIZ
Número de Recurso701/1997
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución668/1998
Fecha de Resolución 8 de Septiembre de 1998
EmisorAudiencia Provincial - Granada

SENTENCIA NUM 668

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE: ,

D. ANTONIO MOLINA GARCIA

MAGISTRADOS:

D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ

Dª. Mª VICTORIA MOTOS RODRIGÚEZ

En la Ciudad de Granada a ocho de septiembre de mil novecientos noventa y ocho y

La Sección Cuarta de esta Ilma Audiencia Provincial formada por los Ilmos Sres al margen relacionados ha visto en grado de apelación los precedentes autos de Protección del Derecho al Honor, procedentes del Juzgado de Primera Instancia núm cinco de Motril, promovidos a virtud de demanda de D. Luis Antonio , representado en esta alzada por la procuradora Sra. Fernández Martínez, y defendido por la Letrada Sra. Fernandez Martinez contra D Gerardo Y CORPORACION DE MEDIOS de ANDALUCIA, representados por la procuradora Sra. Martín Ceres y defendidos por el Letrado Sr Ceres Ruiz y contra D. Juan María , representado por la procuradora Sra. Ceres Hidalgo y defendido por la Letrada Sra. Fernández González, y contra PRODUCCIONES AUDIOVISUALES DEL GUADALDAFEO S.A., éste último no mido en esta alzada.

Aceptando como relación los resultados de la sentencia apelada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que la referida sentencia fechada en veintitres de mayo de mil novecientos noventa y siete , contiene el siguiente Fallo: " Que desestimando la demanda presentada por Dña Mercedes Bastor Cano en nombre de D. Luis Antonio contra D. Juan María , la Corporación de medios de Andalucía S.A., Periódico Ideal, D. Gerardo y Producciones Audiovisuales del Guadalfeo S.A. debo absolver y absuelvo alos demandados de las pretensiones efectuadas en su contra, con imposición de las costas causadas a la parte actora."

SEGUNDO

Que sustanciado y seguido el presente recurso por sus trámites antes esta Ilma Audiencia Provincial a virtud de demanda de la parte demandante que a su vez apela, en el acto de la vista su Letrada interesó se dictase sentencia revocando la apelada, el Letrado del apelado Sr. Gerardo , solicita se dicte sentencia confirmado la de instancia, y la Letrada del apelado Sr Juan María solicita se dicte sentencia confirmando la de instancia.

TERCERO

Observadas las prescripciones legales de tramite y siendo Ponente el Magistrado Ilmo Sr

D. JUAN FCO RUIZ RICO RUIZ.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El problema de la colisión entre los derechos fundamentales al honor y a la intimidad personal, de un lado, y los de la libertad de información y expresión, del otro, ha venido siendo considerado y delimitado por la Jurisprudencia tanto del Tribunal Constitucional como del Tribunal Supremo, y, en síntesis, podemos resumirlo de la siguiente manera: que la tarea de ponderación ha de llevarse a cabo teniendo en cuenta la posición prevalente, que no jerárquica o absoluta, que ostenta el derecho a la libertad de información del Art. 20, D) de la CE . en función de su doble carácter de libertad individual y de garantía institucional de una opinión pública libre e indisolublemente unida al pluralismo político dentro de un estado democrático, siempre que la información transmitida sea veraz y esté del referida, de relevancia pública que son de interés general por las materias a que se refieren y por las personas que en ellas intervienen, que cuando la libertad de información se quiere ejercer sobre ámbitos que pueden afectar a otros bienes constitucionales, costeo son el honor y la intimidad, es...

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