RESOLUCION de 28 de octubre de 2005, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se hace pública la concesión de subvenciones a municipios de la provincia de Jaén por un importe total de 42.579,57 (cuarenta y dos mil quinientos setenta y nueve con cincuenta y siete) euros para el mantenimiento de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de...
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Rango de Ley | Resolución |
RESOLUCION de 28 de octubre de 2005, de la Delegación del Gobierno de Jaén, por la que se hace pública la concesión de subvenciones a municipios de la provincia de Jaén por un importe total de 42.579,57 (cuarenta y dos mil quinientos setenta y nueve con cincuenta y siete) euros para el mantenimiento de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil.
Mediante la Orden de la Consejería de Gobernación de fecha 30 de diciembre de 2002 (BOJA núm. 22, de 3 de febrero de 2003) se regulan y convocan subvenciones destinadas a financiar inversiones para el mantenimiento de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil.
El artículo 10 de dicha Orden determina que la concesión de las citadas subvenciones se realizará por Resolución del Delegado del Gobierno de la Junta de Andalucía por delegación del titular de la Consejería de Gobernación.
Evaluadas las solicitudes formuladas por los distintos Ayuntamientos de esta provincia y cumplidos los requisitos de tramitación conforme al procedimiento dispuesto por dicha normativa, mediante la presente Resolución se conceden subvenciones a los Ayuntamientos relacionados en el Anexo I, destinadas al mantenimiento de las Agrupaciones Locales de Voluntarios de Protección Civil, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias para el presente ejercicio y atendiendo a los criterios de valoración establecidos en el artículo 4 de la citada Orden de 30 de diciembre de 2002.
En su virtud, conforme a lo dispuesto en el Título VII de la Ley 5/1983, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
RESUELVO
Primero. Finalidad.
La presente Resolución tiene por finalidad conceder a los Ayuntamientos de la provincia de Jaén relacionados en el Anexo I y según los términos previstos en el mismo, subvenciones por un total de 42.579,57 (cuarenta y dos mil quinientos setenta y nueve con cincuenta y siete) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 0.1.09.00.02.23.460.03.22B.4. El objeto de dichas subvenciones, de acuerdo con el artículo 3 de la Orden de 30 de diciembre de 2002, será:
-
La suscripción y pago de la Póliza del Seguro de Accidentes y Responsabilidad Civil que dé cobertura a la totalidad de los integrantes de las Agrupaciones y a los vehículos oficiales que utilicen en acto de servicio.
-
La formación de los integrantes de las Agrupaciones.
-
La adquisición de vestuario y material menor complementario de intervención y protección personal.
En el citado Anexo I se detalla para cada municipio el proyecto aceptado e importe del mismo que ha de ser justificado según los términos previstos en el apartado tercero de la presente Resolución, el importe de la subvención concedida para financiar dicho proyecto, así como el porcentaje de ayuda concedida con respecto al proyecto aceptado.
Segundo. Abono de la subvención.
La subvención otorgada, conforme a lo prevenido en el artículo 32.4 de la Ley 3/2004, de 28 de diciembre, de Medidas Tributarias, Administrativas y Financieras, se hará efectiva mediante pago único.
Tercero. Justificación de la subvención.
La justificación de la subvención percibida se realizará ante esta Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía, Servicio de Protección Civil, en el plazo de 6 meses desde su percepción, debiéndose aportar la siguiente documentación:
- Certificación en la que conste haber sido registrado en la contabilidad del Ayuntamiento el ingreso de la cantidad percibida, con indicación expresa del asiento contable practicado y la fecha del mismo.
- Documentos justificativos (facturas) de los gastos efectuados con cargo al proyecto aceptado y en razón de la actividad subvencionada.
Cuarto. Plazo de ejecución.
La Corporación Local beneficiaria queda obligada al compromiso de concluir la acción subvencionada en un plazo no superior a 6 meses desde el ingreso en la contabilidad del Ayuntamiento de la totalidad del importe de la subvención.
Quinto. Obligaciones y deberes del beneficiario.
La Corporación Local beneficiaria queda obligada al cumplimiento de lo establecido en el artículo 105 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como lo recogido en el art. 12 de la mencionada Orden de 30 de diciembre de 2002.
Sexto. Reintegro y régimen sancionador.
Procederá el reintegro de las cantidades percibidas y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención en todos y cada uno de los supuestos establecidos en el artículo 112 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Séptimo. Recursos.
Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la notificación del presente acto, o interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la notificación de este acto, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Octavo. Publicación.
De la presente Resolución se dará traslado a los beneficiarios y se ordenará su publicación en el BOJA conforme a lo previsto en el artículo 109 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Jaén, 28 de octubre de 2005.- El Delegado del Gobierno, Francisco Reyes Martínez.
function abrirPagina(url) {parent.document.location.href=url;}
Página 42 del Boletín número 229 de 23/11/2005
Página
1
(Fascículo 1)
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
sólo pdf
12
sólo pdf
13
14
sólo pdf
15
sólo pdf
16
17
sólo pdf
18
sólo pdf
19
20
21
22
23
24
25
sólo pdf
26
sólo pdf
27
sólo pdf
28
29
30
sólo pdf
31
32
33
sólo pdf
34
35
36
sólo pdf
37
38
39
sólo pdf
40
41
42
sólo pdf
43
sólo pdf
44
sólo pdf
45
sólo pdf
46
sólo pdf
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
sólo pdf
61
62
63
sólo pdf
64
sólo pdf
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
sólo pdf
97
(Fascículo 2)
98
99
100
101
102
103
104
sólo pdf
105
sólo pdf
106
107
108
109
110
111
112
113
114
115
116
117
118
119
120
121
122
123
124
125
126
127
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
139
140
sólo pdf
141
sólo pdf
142
sólo pdf
143
sólo pdf
144
sólo pdf
145
sólo pdf
146
sólo pdf
147
sólo pdf
148
sólo pdf
149
sólo pdf
150
sólo pdf
151
sólo pdf
152
sólo pdf
153
sólo pdf
154
sólo pdf
155
sólo pdf
156
sólo pdf
157
sólo pdf
158
sólo pdf
159
sólo pdf
160
161
sólo pdf
162
sólo pdf
163
sólo pdf
164
sólo pdf
165
sólo pdf
166
sólo pdf
167
sólo pdf
168
sólo pdf
169
sólo pdf
170
sólo pdf
171
sólo pdf
172
sólo pdf
173
sólo pdf
174
sólo pdf
175
sólo pdf
176
sólo pdf
177
sólo pdf
178
sólo pdf
179
sólo pdf
180
sólo pdf
181
sólo pdf
182
183
184
sólo pdf
Boja 229
de 23/11/2005
function abrirPagina(url) {parent.document.location.href=url;}
Página 43 del Boletín número 229 de 23/11/2005
Página
1
(Fascículo 1)
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
sólo pdf
12
sólo pdf
13
14
sólo pdf
15
sólo pdf
16
17
sólo pdf
18
sólo pdf
19
20
21
22
23
24
25
sólo pdf
26
sólo pdf
27
sólo pdf
28
29
30
sólo pdf
31
32
33
sólo pdf
34
35
36
sólo pdf
37
38
39
sólo pdf
40
41
42
sólo pdf
43
sólo pdf
44
sólo pdf
45
sólo pdf
46
sólo pdf
47
48
49
50
51
52
53
54
55
56
57
58
59
60
sólo pdf
61
62
63
sólo pdf
64
sólo pdf
65
66
67
68
69
70
71
72
73
74
75
76
77
78
79
80
81
82
83
84
85
86
87
88
89
90
91
92
93
94
95
96
sólo pdf
97
(Fascículo 2)
98
99
100
101
102
103
104
sólo pdf
105
sólo pdf
106
107
108
109
110
111
112
113
114
115
116
117
118
119
120
121
122
123
124
125
126
127
128
129
130
131
132
133
134
135
136
137
138
139
140
sólo pdf
141
sólo pdf
142
sólo pdf
143
sólo pdf
144
sólo pdf
145
sólo pdf
146
sólo pdf
147
sólo pdf
148
sólo pdf
149
sólo pdf
150
sólo pdf
151
sólo pdf
152
sólo pdf
153
sólo pdf
154
sólo pdf
155
sólo pdf
156
sólo pdf
157
sólo pdf
158
sólo pdf
159
sólo pdf
160
161
sólo pdf
162
sólo pdf
163
...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba