SAP Zaragoza 790/1999, 24 de Diciembre de 1999
Ponente | FRANCISCO ACIN GAROS |
Número de Recurso | 535/1999 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 790/1999 |
Fecha de Resolución | 24 de Diciembre de 1999 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza |
SENTENCIA NUMERO 790
EN NOMBRE DE S. M. EL REY
Ilmos. Señores:
PRESIDENTE
D. Luis Fernández Alvarez
MAGISTRADOS
D. Julián Carlos Arqué Bescós
D. Francisco Acín Garós
Zaragoza, a veinticuatro de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.
Visto por la Sección Segunda de ésta Audiencia Provincial el recurso de apelación interpuesto
contra la sentencia dictada por el Ilmo. Sr Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 13
de los de Zaragoza, en el juicio verbal nº 628/98, rollo nº 535/99, sobre reclamación de cantidad, en
el que es apelante BOCATAS XOQUIN S.L., con domicilio en C/ María Lostal 26, Zaragoza,
representada por la Procuradora de los Tribunales Dª María Luisa Hueto Saenz y dirigida por el
Letrado D. Jesús Perez Santander Caballero, y apelados D. Andrés , mayor de edad,
casado, con domicilio en C/ DIRECCION000 NUM000 , Laluenga (Huesca), Dª Elena , mayor
de edad, con igual domicilio que el anterior, y "SEGUROS BANCO VITALICIO DE ESPAÑA S.A.",
con domicilio en Avda. Tenor Fleta 22-30, Zaragoza, representados todos ellos por el procurador D.
Alfredo Gracia Galan y dirigidos por la Letrada Dª Begoña Iñiguez Escobar, y
Se aceptan los antecedentes fácticos de la sentencia impugnada, y
Por el Sr Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 13 de los de Zaragoza se dictó el 27 mayo 1999 sentencia que contenía el siguiente fallo: "Que desestimando como desestimo la demanda inicial del procedimiento y las reconvencional y acumulada luego presentadas, debo absolver y absuelvo a D. Andrés , Bocatas Xoquin S.L., Dª Elsa , Dª Elena y Vitalicio Seguros S.A. de las pretensiones contra ellosplanteadas, sin hacer expresa imposición de las costas causadas en el procedimiento".
La representación de "Bocatas Xoquin S.L." interpuso contra dicha sentencia recurso de apelación, que fue admitido en ambos efectos, mediante escrito en el que solicitaba se dictase sentencia por la que, estimándose la demanda, se condenase a D. Andrés , Dª. Elena y Vitalicio Seguros S.A. a hacerle pago solidario de la suma de 116.551 pts, intereses legales, que en el caso de la Compañía demandada serán los legales incrementados en un 50 % desde la fecha del siniestro, y costas. E impugnado el recurso por la representación de D. Andrés , Dª. Elena y Vitalicio Seguros S.A., que solicitó la confirmación de la sentencia, se remitieron los autos a la Audiencia, donde, una vez recibidos, se formó el correspondiente rollo, siguiéndose en la tramitación del recurso el procedimiento de los de su clase, con señalamiento del día 20 diciembre 1999 para votación y fallo.
En la sustanciación de esta alzada se han observado las prescripciones legales, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Francisco Acín Garós.
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