SAP Alicante 322/2003, 12 de Junio de 2003

PonenteMARIA DOLORES LOPEZ GARRE
ECLIES:APA:2003:2452
Número de Recurso290/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución322/2003
Fecha de Resolución12 de Junio de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 5ª

SENTENCIA NÚM. 322

Iltmos.

Presidente: Doña Visitación Pérez Serra.

Magistrado: Don Enrique García Chamón Cervera.

Magistrado: Doña María Dolores López Garre.

En la ciudad de Alicante, a 12 de Junio del año dos mil tres.

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres expresados al margen, ha visto los autos de juicio ordinario número 227-02, sobre resolución de contrato de arrendamiento seguidos en el Juzgado de Primera Instancia Núm 1 de Novelda de los que conoce en grado de apelación en virtud del recurso entablado por la parte demandada, Ana María , representado por el Procurador Javier

E. Gómez Gras, con la dirección de la Letrada Montserrat Lloréns Torres; y como apelada, la parte Actora, Alicia , representada por el Procurador Don Francisco Serra Escolano con la dirección del Letrado Don José María Beltrá Azorín.

I - ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En los autos n° 227-02 del Juzgado de Primera Instancia Núm. 1 de Novelda, se dictó Sentencia de fecha 28-10-02, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Que estimando como estimo en su totalidad la demanda presentada por la representación procesal de Doña Alicia contra Doña Ana María , debo declarar y declaro haber lugar a la resolución del contrato de arrendamiento verbal que ligaba a las partes respecto de la vivienda sita en la CALLE000 n° NUM000 de Novelda, y ello por la causa prevenida en el artículo 114.11ª de la LAU. de 1964; decretando como consecuencia de ello el desahucio de la citada demandada respecto a dicha finca y condenándola a que la desaloje y la deje libre y a la entera disposición de la actora en el plazo legal de un mes (art 704.1 de la LEC.), con apercibimiento de lanzamiento en caso de no verificarlo voluntariamente en dicho plazo y sin derecho a indemnización alguna. Y todo ello con expresa condena en costas a la demandada".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia se preparó recurso de apelación por la parte demandada; y tras tenerlo por preparado, presentó el escrito de interposición del recurso, del que se dio traslado a las demás partes, presentando la actora el escrito de oposición. Seguidamente, se elevaron los autos a este Tribunal donde fue formado el Rollo número 290-03, en el que se señaló para la deliberación, votación y fallo el día 11-6-03, en el que tuvo lugar.

TERCERO

En la tramitación de esta instancia, en el presente proceso, se han observado las normas y formalidades legales.

VISTO, siendo Ponente el Iltmo. Sr. D. María Dolores López Garre.

II - FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Antes de entrar a examinar, los motivos de impugnación del recurso de apelación planteado por la parte apelante, es necesario resolver con carácter previo la cuestión planteada por la parte apelada relativa a declarar desierto el recurso interpuesto por la parte apelante, al haber dejado de satisfacer la demandada, durante la sustanciación del recurso las mensualidades de los meses de Noviembre y Diciembre del año 2002 y Enero del 2003.

Consta en las actuaciones que la parte apelante, cuando presenta en fecha 6-11-02, el escrito de preparación del recurso, había consignado en fecha 5-11-02 las rentas de Diciembre del año...

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