SAP Alicante 274/2005, 29 de Abril de 2005

PonenteFAUSTINO DE URQUIA GOMEZ
ECLIES:APA:2005:1414
Número de Recurso127/2005
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución274/2005
Fecha de Resolución29 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Alicante, Sección 2ª

SENTENCIA DE APELACIÓN Nº 274-05

Iltmos. Sres.:

D. Faustino de Urquía y Gómez

D. Julio José Úbeda de los Cobos

D. Francisco Javier Guirau Zapata

En Alicante a veintinueve de abril de dos mil cinco.

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Alicante, integrada por los Iltmos. Sres. Expresados al margen, ha visto el presente recurso de apelación en ambos efectos, interpuesto contra la sentencia de fecha 31 de enero de 2005, pronunciada por el Juzgado de lo Penal nº 7 de Alicante, en el Juicio Oral nº 40/05 por delito de maltrato, habiendo actuado como parte apelante Juan Pablo y como parte apelada el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

No se aceptan los hechos probados de la sentencia impugnada, declarándose como tales: que el día 9 de enero de 2005, en el domicilio familiar sito en la CALLE000 nº NUM000 de Castalla, surgió un incidente entre los cónyuges Juan Pablo y María Cristina , cuyas circunstancias no han podido ser determinadas.

SEGUNDO

El fallo de dicha Sentencia recurrida literalmente dice: "Que DEBO CONDENAR Y CONDENO al acusado Juan Pablo , como autor criminalmente responsable de un delito de maltrato del artículo 153 párrafos 1º y en relación al artículo 173.2 del C. Penal , sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de siete meses y quince días de prisión e inhabilitación durante el mismo tiempo para el derecho de sufragio pasivo, así como a la privación del derecho de tenencia o porte de armas por un periodo de dos años, y prohibición de aproximarse a menos de 250 metros y comunicar con la víctima, María Cristina , por un periodo de diecinueve meses y quince días. Más pago de costas.

TERCERO

Contra dicha Sentencia, en tiempo y forma y por Juan Pablo , se interpuso el presente recurso alegando: infracción del principio acusatorio al haberse dictado sentencia condenatoria habiéndose acogido la testigo, María Cristina , en el acto del juicio oral a su derecho a no declarar en base al artículo 416.1º de la Ley de Enjuiciamiento Criminal , por lo que no existe prueba de cargo y debe dictarse sentneciaabsolutoria.

CUARTO

Admitido el recurso, cumplido el trámite de alegaciones con la parte apelada - que interesó la confirmación de la sentencia impugnada- y habiendo sido elevadas las actuaciones a esta Sección se procedió a deliberación y votación de la sentencia el día 29 de abril de 2005 .

QUINTO

En la sustanciación de ambas instancias del presente proceso se han observado las prescripciones legales procedentes.

VISTO, siendo ponente el Iltmo. Sr. D. Faustino de Urquía y Gómez.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es doctrina consolidada que únicamente pueden considerarse auténticas pruebas que vinculen a los órganos judiciales en el momento de dictar sentencia, las practicadas en el juicio oral, pues el procedimiento probatorio ha de tener lugar necesariamente en el debate contradictorio que, en forma oral, se desarrolla ante el mismo...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR