SAP Ávila 381/2000, 9 de Noviembre de 2000

PonenteJESUS GARCIA GARCIA
ECLIES:APAV:2000:545
Número de Recurso338/2000
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución381/2000
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2000
EmisorAudiencia Provincial - Ávila, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 381/2.000

ILTMOS. SRS. DEL TRIBUNAL

PRESIDENTE:

DON EMILIO VILLALAÍN RUIZ

MAGISTRADOS:

DON JESÚS GARCÍA GARCÍA

DOÑA MARÍA PURA BUENO CLEMENTE

En Avila, a 9 de Noviembre de 2.000.

Vistos ante esta Iltma. Audiencia Provincial, en grado de apelación, los autos de Juicio de Menor Cuantía nº 295/98, Rollo de la Sala nº 338/2.000, procedentes del Juzgado de Primera Instancia de Arenas de San Pedro; seguidos entre partes, de una como apelantes D. Andrés y la Compañía Mercantil "Promociones y Construcciones Juanras, S.L", representados por el Procurador D. Carlos Sacristán Carrero y dirigidos por el Letrado D. Alfredo de Fernando Caballero, y de otra como apelado D. Humberto , representado por la Procuradora Dña. Ana Isabel Sánchez García y dirigido por la Letrado Dña. María del Carmen Iglesias Parra.

Ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. JESÚS GARCÍA GARCÍA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de Primera Instancia de Arenas de San Pedro, en los autos de Juicio de Menor Cuantía nº 295/98, con fecha 3 de Diciembre de 1.999, se dictó sentencia cuya parte dispositiva contiene, copiado literalmente, el siguiente FALLO: "Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora Dña. Concepción de la Paz Benzal Pérez, en representación de D. Humberto , debo condenar y condeno a la entidad "Juanras, S.L.", representada por D. Andrés , al pago de cuatro millones de pesetas, incrementados en los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda, así como al abono de las costas de este procedimiento...".

SEGUNDO

Contra dicha sentencia interpuso la parte demandada, D. Andrés y la Compañía Mercantil "Promociones y Construcciones Juanras, S.L.", el presente recurso de apelación que fue admitidoen ambos efectos, y previo emplazamiento de las partes, se personaron en tiempo y forma, la una en el concepto dicho y la otra como apelados, no practicándose prueba en esta segunda instancia, celebrándose la correspondiente vista del recurso el día 8 de Noviembre del año en curso, con la intervención de los Letrados indicados en el encabezamiento de la presente resolución, quienes informaron lo que tuvieron bien a derecho.

TERCERO

En la tramitación de este recurso se han observado las formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El actor D. Humberto ejercita acción de cumplimiento del contrato de fecha 7 de Enero de

1.994 que suscribió con la demandada, entidad mercantil Juanras S.L., de la que es su representante legal

D. Andrés , en el que ambas partes reconocen que el actor D. Humberto vendió a la entidad Breca S.A. un solar sito en la c/ DIRECCION000 NUM000 de Arenas de San Pedro, y la posterior adquisición del citado solar por la entidad demandada Juanras S.L., comprometiéndose esta entidad adquirente a pagar al actor, como resto del precio del solar, la cantidad de 4.000.000 de pts, abonándole en dos plazos de 2.000.000 de pts : El primero al cobrarse la primera certificación que se hiciera efectiva por la entidad crediticia que financiaría la construcción, que se proponía realizar la entidad compradora en dicho solar; y el segundo cuando se pagara la segunda certificación.

Como garantía de la realización de ese pago, se pactó que D. Humberto mantendría el embargo trabado sobre el solar, en el Juicio Ejecutivo nº 391/91 del Juzgado de 1ª Instancia nº 14 de Madrid, y sobre otra finca, anulándose y cancelándose cuando se pagaran los 4.000.000 de pts. D. Humberto se comprometía a no realizar actuación judicial alguna que dificultara o retrasara la inscripción de las dos fincas objeto de embargo a nombre de Juanras S.L. y de un tercero y su esposa.

El actor pide la condena de la entidad demandada a pagar los 4.000.000 pts, oponiéndose ésta, porque en el contrato se pactó en su cláusula 5ª que el incumplimiento del acuerdo por parte de alguna de las dos partes firmantes dejaría sin efecto la totalidad del mismo, o la parte que lo hubiera cumplido podía solicitar su cumplimiento judicialmente.

La demandada Juanras S.L. sostuvo que el actor D. Humberto continuó con las ejecuciones, y, además, la entidad adquirente del solar no había podido obtener la licencia preceptiva para construir.

La Sentencia de instancia estimó en su integridad la demanda, y contra dicho pronunciamiento se alza la entidad demandada, quien por medio de su dirección letrada, insta la revocación de la misma,...

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