ATS, 8 de Julio de 2015

PonenteFRANCISCO MARIN CASTAN
ECLIES:TS:2015:5561A
Número de Recurso1871/2014
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución 8 de Julio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a ocho de Julio de dos mil quince.

HECHOS

  1. - Por la representación procesal de la Administración Concursal de Rafael López Orenes SL se ha interpuesto recurso de casación contra la sentencia dictada, en fecha 2 de mayo de 2014, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 4 ª), en el rollo de apelación nº 106/2014 dimanante del incidente concursal nº 76/09 del Juzgado de de lo Mercantil nº 2 de Murcia.

  2. - Por diligencia de ordenación de 1 de julio de 2014, se acordó la remisión de los autos originales a esta Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes ante esta Sala, habiéndose notificado a las mismas así como al Ministerio Fiscal.

  3. - Recibidos los autos en este Tribunal y formado el presente rollo, el procurador D. Noel Alain De Dorremochea Guiot se personó en nombre y representación de la Administración Concursal de Rafael López Orenes SL en calidad de parte recurrente. El Abogado del Estado en nombre y representación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, se personó en calidad de parte recurrida.

  4. - La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Francisco Marin Castan

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de la Administración Concursal de Rafael López Orenes SL al concurrir los presupuestos y requisitos legalmente exigidos en el ordinal 3º de art. 477.2 de la LEC .

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de la Administración Concursal de Rafael López Orenes SL contra la sentencia dictada, en fecha 2 de mayo de 2014, por la Audiencia Provincial de Murcia (Sección 4 ª), en el rollo de apelación nº 106/2014 dimanante del incidente concursal nº 76/09 del Juzgado de de lo Mercantil nº 2 de Murcia.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS, durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

De conformidad con lo dispuesto en los art. 483.5 de la LEC contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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