SAP Sevilla 265/2008, 29 de Mayo de 2008
Ponente | ANDRES PALACIOS MARTINEZ |
ECLI | ES:APSE:2008:1255 |
Número de Recurso | 350/2008 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 265/2008 |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2008 |
Emisor | Audiencia Provincial - Sevilla, Sección 2ª |
265/2008
AUDIENCIA PROVINCIAL SEVILLA
Sección Segunda
REFERENCIA:
ROLLO DE APELACIÓN Nº 350/08-B
JUZGADO DE PROCEDENCIA: Primera Instancia núm. 23 de Sevilla
JUICIO Nº 109/06
SENTENCIA NÚM. 265
PRESIDENTE ILTMO. SR.
D. MANUEL DAMIAN ALVAREZ GARCIA
ILTMOS SRES. MAGISTRADOS
D. RAFAEL MARQUEZ ROMERO
D. ANDRES PALACIOS MARTINEZ
En la Ciudad de Sevilla, a Veintinueve de Mayo de Dos Mil Ocho.
Visto, por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de SEVILLA, el recurso de apelación interpuesto en los autos de juicio Oposición al Desamparo, procedentes del Juzgado de Primera Instancia referenciado, donde se ha tramitado a instancia de Dª María Dolores, que en el recurso es parte apelante, representada por el Procurador Sr. Espejo Ruíz y defendida por el Letrado D. Juan José Peña Cortés contra LA CONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL DE LA JUNTA DE ANDALUCIA, defendida por la Letrada Dª Pilar Leria Franco, siendo parte el MINISTERIO FISCAL.
El Juzgado de Primera Instancia dictó sentencia el día 20 de Abril de 2.007, en el juicio antes dicho, cuya parte dispositiva es como sigue: "Que desestimando la oposición formulada por Dª María Dolores representada por el Procurador D. Ignacio Espejo Ruíz, debo confirmar y confirmo la resolución dictada por la Entidad Pública de fecha 18 de Enero de 2.006. Todo ello sin expresa condena de las costas causadas. Notifíquese a las partes la presente resolución, haciéndole saber, los recurso que contra la misma pueden interponer."
Interpuesto recurso de apelación y admitido a trámite, se emplazaron a las partes y se elevaron los autos a esta Sección de la Audiencia, donde se formó rollo y se ha turnado de ponencia. La vista del recurso tuvo lugar con la asistencia de las partes personadas así como la del Ministerio Fiscal.
En la tramitación del recurso se han observado las prescripciones legales.
Visto, siendo ponente el Iltmo. Sr. D. ANDRES PALACIOS MARTINEZ, quien expresa el parecer del Tribunal.
Contra la sentencia dictada por la Juez de instancia, que desestimando la demanda de oposición interpuesta por Dª María Dolores acuerda ratificar las resoluciones administrativas dictadas por la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía que declaraban a los menores María Esther, Consuelo, María y María Inés en situación legal de desamparo y acogimiento residencial; se alza la representación procesal de aquélla (madre de las precitadas menores) en base, en esencia, a una errónea valoración o apreciación de la prueba practicada, interesando su revocación con estimación de las pretensiones deducidas en la demanda de oposición formulada.
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