SAP Cantabria 243/2005, 28 de Abril de 2005

PonenteJOAQUIN TAFUR LOPEZ DE LEMUS
ECLIES:APS:2005:928
Número de Recurso248/2003
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución243/2005
Fecha de Resolución28 de Abril de 2005
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 4ª

SENTENCIA NUM. 243/05

Ilma. Sra. Presidente

Doña María José Arroyo García

Ilmos. Srs. Magistrados

Don Marcial Helguera Martinez

Don Joaquín Tafur López de Lemus

========================================

En la Ciudad de Santander, a veintiocho de abril de dos mil cinco.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Cuarta de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de juicio ORDINARIO 112/02 , Rollo de Sala núm. 248/03 , procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de Torrelavega .

En esta segunda instancia ha sido parte apelante D. Bartolomé y la entidad MAPFRE MUTUALIDAD DE SEGUROS, representados por la Procuradora Sra. Torralba Quintana , y defendidos por el Letrado D. Nilo Merino Campos ; y parte apelada D. Rogelio y la entidad " ZURICH ESPAÑA, CIA. DE SEGUROS Y REASEGUROS ", representados por el Procurador Sr. Ruiz Canales , y defendidos por el Letrado D. Miguel Torre Fernández ; Dª Aurora y Dª María Angeles , representadas por la Procuradora Sra. Gamo Macaya y defendidas por la Letrado Dª Mónica Gómez Portilla y Dª Rosa , representada por la Procuradora Sra. Espiga Pérez y defendida por el Letrado D. Guillermo Gómez Breñosa, quien impugnó la Sentencia.

Es ponente de ésta resolución el Ilmo. Sr. D. Joaquín Tafur López de Lemus.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia núm. Cinco de Torrelavega , y en los autos ya referidos, se dictó en fecha 10 de Abril de 2003, Sentencia , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: Que desestimando íntegramente la demanda formulada por larepresentación procesal de DON Bartolomé , contra DOÑA Aurora ; DON Rogelio y la mercantil " ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", debo absolver y absuelvo a éstos de las pretensiones deducidas contra ellos en el suplico de la demanda; todo ello con expresa imposición a la actora de las costas procesales devengadas en la presente instancia y que resulten de legítimo abono.

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de DOÑA Rosa , contra DOÑA Aurora , y la mercantil " ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A."; DON Bartolomé y la mercantil " MAPFRE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", debo absolver y absuelvo a los dos primeros de las pretensiones deducidas contra ellos en el suplico de la demanda y condenar como condeno a DON Bartolomé y la mercantil " MAPFRE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", conjunta y solidariamente, a que satisfagan a la actora la cantidad reclamada de " Mil setecientos cincuenta Euros y noventa Céntimos ( 1.750,90 €uros), más el interés legal incrementado en dos puntos a partir de la fecha de esta sentencia y hasta su completo pago y a la aseguradora más el interés anual igual al interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en un 50 por 100, hasta transcurridos dos años desde la producción del siniestro, en que el interés anual no podrá ser inferior al 20 por 100 y que se computarán desde la fecha del siniestro ( 21 de octubre de 2001) hasta la del completo pago; todo ello con expresa imposición a los demandados condenados de las costas procesales devengadas en la presente instancia y que resulten de legítimo abono.

Que estimando parcialmente la demanda formulada por la representación procesal de DOÑA Aurora ; y, DOÑA María Angeles , contra DON Bartolomé ; la mercantil " MAPFRE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A."; y la mercantil " ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", debo absolver y absuelvo a ésta última de las pretensiones deducidas contra ella en el suplico de la demanda y condenar como condeno a DON Bartolomé ; y la mercantil " MAPFRE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A." conjunta y solidariamente, a que satisfagan a la actora la cantidad reclamada de " Veintitrés mil ochocientos cuarenta y cuatro €uros y cuarenta y ocho Céntimos ( 23.844,48 €uros), más el interés legal incrementado en dos puntos a partir de la fecha de esta sentencia y hasta su completo pago y a la aseguradora más el interés anual igual al interés legal del dinero vigente en el momento en que se devengue, incrementado en un 50 por 100, hasta transcurridos dos años desde la producción del siniestro, en que el interés anual no podrá ser inferior al 20 por 100 y que se computarán desde la fecha del siniestro ( 21 de octubre de 2001) hasta la del completo pago; todo ello con expresa imposición a los demandados condenados de las costas procesales devengadas en la presente instancia y que resulten de legítimo abono.

Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de DON Rogelio y la mercantil " ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A." contra DON Bartolomé , y la mercantil " MAPFRE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.", debo condenar y condeno a éstos, conjunta y solidariamente, a que satisfagan a la actora DON Rogelio la cantidad reclamada de " Dieciseis mil ochocientos sesenta y cinco €uros y sesenta y ocho Céntimos ( 16.865,68 €uros), y al actor " ZURICH ESPAÑA, COMPAÑÍA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A." la cantidad reclamada de " Siete mil seiscientos treinta y dos €uros y ochenta y cinco Céntimos" ( 7.632,85 €uros), en ambos casos más el interés legal...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR