SAP Cantabria 273/2006, 16 de Mayo de 2006

PonenteMILAGROS MARTINEZ RIONDA
ECLIES:APS:2006:864
Número de Recurso463/2005
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución273/2006
Fecha de Resolución16 de Mayo de 2006
EmisorAudiencia Provincial - Cantabria, Sección 2ª

SENTENCIA NÚM. 273/06

Iltmo. Sr. Presidente:

Don Miguel Carlos Fernández Díez.

Iltmos. Sres. Magistrados:

Don Bruno Arias Berrioategortúa.

Doña Milagros Martínez Rionda.

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En la Ciudad de Santander a dieciséis de mayo de dos mil seis.

Vistos en trámite de apelación ante esta Sección Segunda de la Ilma. Audiencia Provincial de Cantabria los presentes Autos de Juicio Verbal número 480 de 2004 sobre reclamación de cantidad, (Rollo de Sala número 463 de 2005), procedentes del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de Torrelavega , seguidos a instancia de Dª Victoria , representada por la Procuradora de Torrelavega Dª María Isabel García Alonso y asistida por el Letrado D. Javier Trugeda Revuelta, contra Dª Concepción y D. Armando , este último en situación procesal de rebeldía.

En esta segunda instancia ha sido parte apelante Dª Concepción , representada por la Procuradora Dª de esta capital Dª María del Carmen Martínez García y asistida por la Letrada Dª Rosario Calderón Gutiérrez; y partes apeladas: Dª Victoria y D. Armando , este último en situación procesal de rebeldía.

Es ponente de esta resolución la Ilma. Sra. Magistrada Doña Milagros Martínez Rionda.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Iltmo. Sr. Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia número Cinco de los de Torrelavega y en los autos ya referenciados, se dictó Sentencia con fecha 2 de febrero de 2005 , cuyaparte dispositiva es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando íntegramente la demanda formulada por la representación procesal de Doña Victoria , contra Doña Concepción ; y, Don Armando , debo condenar y condeno a éstos, conjunta y solidariamente, a que satisfagan a la actora la cantidad reclamada de mil cuatrocientos noventa y un euros y sesenta y nueve céntimos (1.491,69 euros), que devengará el interés legal a contar desde la fecha de la interpelación judicial e incrementado en dos puntos a partir de la fecha de esta sentencia y hasta su completo pago, todo ello con expresa imposición a la demandada de las costas procesales devengadas y que resulten de legítimo abono".

SEGUNDO

Contra dicha Sentencia, por la representación procesal de Dª Concepción , se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación, que fue admitido a trámite por el Juzgado; y una vez finalizado se remitieron las actuaciones a la Iltma. Audiencia Provincial, previo emplazamiento de las partes, habiendo correspondido por turno de reparto a esta Sección Segunda, donde se tramitó el correspondiente rollo de sala y se señaló para la deliberación y fallo del recurso el...

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