STSJ Andalucía 3398/2014, 17 de Diciembre de 2014
Ponente | MARIA DEL MAR JIMENEZ MORERA |
ECLI | ES:TSJAND:2014:13924 |
Número de Recurso | 1056/2010 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 3398/2014 |
Fecha de Resolución | 17 de Diciembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUC ÍA
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE GRANADA
SECCIÓN TERCERA
RECURSO NÚM. 1056/2010
SENTENCIA NÚM. 3398 DE 2014
Iltma. Sra. Presidenta:
Dª Inmaculada Montalbán Huertas
Itmos/as. Sres/as. Magistrados/as
Dª María del Mar Jiménez Morera
Dª Estrella Cañavate Galera
En la ciudad de Granada a diecisiete de diciembre de dos mil catorce.
Ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Granada, se ha tramitado el recurso número 1056/2010 seguido a instancia de D. Hernan, en su propio nombre, contra "Resolución de 15 de Diciembre de 2009 desestima el recurso de alzada presentado contra la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública por las que se hacen públicas la Relación Definitiva de aprobados y se ofertan vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Especialidad Ingeniería Técnica Agrícola, (A2.2002), de la Orden de 19 de enero de 2008 (BOJA núm.25 de 05-02-08)", siendo demandada la Consejería de Justicia y Administración Pública representada y asistida por la Letrada de la Junta de Andalucía.
Por la parte actora se interpuso recurso contencioso-administrativo contra la "Resolución de 15 de Diciembre de 2009 desestima el recurso de alzada presentado contra la Resolución de la Secretaría General para la Administración Pública por las que se hacen públicas la Relación Definitiva de aprobados y se ofertan vacantes a los aspirantes seleccionados en las pruebas selectivas de acceso libre, para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Grado Medio, Especialidad Ingeniería Técnica Agrícola, (A2.2002), de la Orden de 19 de enero de 2008 (BOJA núm.25 de 05-02-08)".
Admitido el recurso se acordó reclamar el expediente administrativo que ha sido aportado.
En su escrito de demanda la parte actora expuso cuantos hechos y fundamentos de Derecho consideró de aplicación y terminó por suplicar a la Sala que
se dictara Sentencia por la que se declarara la nulidad de la Resolución impugnada y "en su lugar se declare la nulidad de la fase de oposición ante la falta de concesión de las adaptaciones de tiempo y de medios legales del recurrente, en su caso, se retrotraigan al momento de practicar por el recurrente el exámenes, con los tiempos máximos y adaptación de la letra tipo y tamaño certificados, situándome en el puesto que me corresponda legalmente en los Listados definitivos y, demás consecuencias legales subsiguientes de dicha
declaración".
En su escrito de contestación a la demanda la Letrada de la Junta de Andalucía se opuso a las pretensiones formuladas de contrario exponiendo cuantos hechos y fundamentos de Derecho consideró de aplicación, quedando fijada la cuantía como indeterminada.
No solicitándose el recibimiento del pleito a prueba ni el trámite de vista ni conclusiones, se señaló para deliberación, votación y fallo del presente recurso el día fijado en autos.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales, habiendo sido ponente la Iltma. Sra. Dª María del Mar Jiménez Morera, quien expresa el parecer de la Sala.
Alegándose por la Administración la concurrencia de causa de inadmisibilidad del presente recurso contencioso- administrativo por razón de desviación procesal corresponde examinar dicha cuestión en primer término y, al respecto, se ha de significar que no se aprecia que se de el presupuesto que lleva a la demandada a dicho planteamiento, pues, examinado el escrito de interposición y el de demanda se advierte con claridad que lo que se impugna es la precitada Resolución de 15 de diciembre de 2009 cuya notificación se acuerda el 5 de enero de 2010, siendo acompañada copia de dicho acto al escrito inicial en cumplimiento...
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ATS, 14 de Abril de 2016
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