SAP Madrid 566/2014, 23 de Diciembre de 2014

PonenteRAQUEL SUAREZ SANTOS
ECLIES:APM:2014:18124
Número de Recurso12/2013
ProcedimientoPENAL - PROCEDIMIENTO ABREVIADO/SUMARIO
Número de Resolución566/2014
Fecha de Resolución23 de Diciembre de 2014
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 1ª

Sección nº 01 de la Audiencia Provincial de Madrid

C/ Santiago de Compostela, 96 - 28071

Teléfono: 914934553,914934730

Fax: 914934551

CLG17

37051530

Sumario nº 3/2013

Juzgado de Instrucción nº 36 de Madrid

Rollo de Sala nº 12/2013

S E N T E N C I A Nº 566/2014

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCIÓN PRIMERA

Ilmos. Sres. Magistrados:

D . José María Casado Pérez

Dª Carmen Herrero Pérez

Dª Raquel Suárez Santos (Ponente)

En Madrid, a veintitrés de diciembre de dos mil catorce.

Visto en juicio oral y público por esta Sección el sumario al margen seguido contra don Serafin, con NIE NUM000, nacido el NUM001 de 1974 en Cali (Colombia), hijo de Alberto y Mariana, privado de libertad por esta causa desde el 20 de febrero de 2013; doña Alejandra, con NIE NUM000, nacida el NUM002 de 1978, en Palmira-Valle (Colombia), hija de Joaquina y Fidel, privada de libertad por esta causa desde el día 20 de febrero de 2013 al 23 de febrero de 2013; doña María Milagros, con NIE NUM003, nacida el NUM004 de 1982, en Colombia, hija de Florencia, privada de libertad por esta causa desde el día 20 de febrero de 2013 al día 21 de febrero de 2013, don Prudencio, con NIE NUM005, nacido el NUM006 de 1981, en Palmira Valle (Colombia), hijo de Victor Manuel y Eva, privado de libertad por esta causa desde el día 20 de febrero de 2013 al 23 de febrero de 2013.

Habiendo sido partes: el Ministerio Fiscal, y los acusados representados por el procurador don Raúl Martínez Ostenero y defendidos por los letrados Doña María Milagros San Telesforo Olmeda y Don Juan José Santelesforo Navarro; siendo ponente la Magistrada Dª Raquel Suárez Santos .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Ministerio Fiscal en sus conclusiones definitivas calificó los hechos como constitutivos de un delito de pertenencia a organización criminal art. 570 bis 1 y un delito de depósito de armas y municiones del art. 566.1º y 2º. Añadía que son responsables los procesados en concepto de autor, Serafin de un delito de pertenencia a organización criminal del art. 570 bis.1 inciso primero y de un delito de depósito de armas y municiones del art. 566.1º y 2º, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal. Solicitó la imposición a los acusados de las siguientes penas: A Serafin por un delito de pertenencia a organización criminal del art. 570 bis.1 inciso primero, la pena de 7 años de prisión, con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y por un delito de depósito de armas y municiones del art. 566. 1 1º y 2, la pena de 8 años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. A Prudencio, María Milagros y Alejandra, a cada uno de ellos por un delito de pertenencia a organización criminal del art. 570 bis 1 inciso segundo, la pena de 4 años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufrago pasivo durante el tiempo de la condena, y de un delito de depósito de armas y municiones del art. 56.1 1º y 2, la pena de 4 años de prisión con inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Costas. Comiso de las armas, vehículos y demás efectos intervenidos.

SEGUNDO

Las defensas de los acusados en sus conclusiones finales interesaron la libre absolución de su defendido, y la defensa de Serafin interesó subsidiariamente la condena de su defendido en cuanto al delito de depósito de armas en grado de tentativa.

  1. HECHOS PROBADOS

El día 12 de diciembre de 2012, Serafin " Chiquito ", contactó por medio de mensajería Blackberry, con un individuo no identificado conocido como " Casposo ", " Limpiabotas " ó " Orejas ", para concertar la entrega de un cargamento de armas en el mercado negro. Los contactos fueron frecuentes durante los meses de enero y febrero de 2013, hasta culminar con la entrega del cargamento de armas. El procesado, Serafin

, alias " Chiquito ", se encuentra en prisión por esta causa desde el día 23 de febrero de 2013, habiendo sido detenido el día 20 del mismo mes y año.

Así, el día 20 de febrero de 2013, sobre las 09,20 horas, el acusado Serafin sale de su domicilio con el fin de dirigir la recepción de una furgoneta cargada con armas, municiones y explosivos, y accediendo el resto de los acusados, Alejandra, María Milagros y Prudencio, a intervenir en la recepción de dicha furgoneta. En este contexto, Serafin sale con su hija y su pareja sentimental, la acusada Alejandra, y se introduce con ellas en un vehículo BMW serie 1, matrícula ....-FTB, titularidad de la acusada Alejandra . Acto seguido inician la marcha y dejan a la hija en el colegio, tras lo cual, pasan a recoger a una tercera persona no identificada, un varón, en el centro comercial "Plaza Nueva" de Leganés, al que trasladan hasta la calle María Guerrero de Leganés, donde en torno a las 09.45 horas se detienen al lado de una furgoneta Citroen Jumper, de color blanca, con matrícula .... CNC, con nº de bastidor NUM007 propiedad de la empresa de alquiler de vehículos "Payauto rent a car". A continuación, Serafin se baja del vehículo junto con el otro varón, y mirando a la furgoneta le entrega un juego de llaves, tras lo cual Serafin y su pareja Alejandra continúan la marcha con el BMW. El varón desconocido, a su vez, emprende la marcha con la furgoneta.

Unas horas más tarde, sobre las 15 horas, aparece de nuevo la furgoneta estacionada en el mismo sitio donde estaba por la mañana, esto es, en la calle María Guerrero de la localidad de Leganés.

A las 15.40 horas, Serafin, Alejandra y Prudencio acuden de nuevo con el BMW titularidad de Alejandra al centro comercial "Plaza Nueva" de Leganés, donde recogen las llaves de la furgoneta, y sobre las 15,20 horas, aparecen los procesados ya citados Serafin, Alejandra, y Prudencio, en el vehículo BMW anteriormente reseñado, conduciéndolo Serafin, con la finalidad de recoger un importante cargamento de armas que posteriormente fueron halladas en la citada furgoneta. Por ello, paran al lado de la furgoneta, bajándose del vehículo que ocupaban, adoptando una actitud vigilante, mirando a ambos lados de la calle, así como observando los vehículos estacionados en la zona. Acto seguido Serafin y Prudencio suben a la furgoneta, ocupando los asientos de conductor y copiloto respectivamente, y Alejandra se pasa al asiento del conductor del BMW en el que habían acudido al lugar, siendo detenidos en ese momento por la Policía.

En la furgoneta reseñada fueron intervenidas las siguientes armas y municiones: un bolso negro conteniendo en su interior: 1 fusil de asalto SIG SG 540, con dos cargadores, uno corto y otro largo (son armas de fuego automáticas), 20 cartuchos calibre 223 rem, 1 cartucho calibre 222 rem. Un estuche de cordura negra, conteniendo en su interior: 1 pistola semiautomática marca Macarov, modelo Baikal n- 78-8, con silenciador y cargador municionado con 8 cartuchos, 1 pistola semiautomática marca Macarov, modelo Baikal n-78-8, con silenciador y cargador municionado con 7 cartuchos (son armas de fuego modificadas, fabricadas a partir de dos pistolas denotadotas), arma automática con las inscripciones US MILITARY MP 86 9MM, con dos cargadores, uno corto y otro largo; 50 cartuchos, calibre 9 mm.- Un estuche de cordura negro conteniendo: Fusil tipo AK sin ningún tipo de inscripción (es arma de fuego automática), con dos cargadores y dos silenciadores compatibles; 67 cartuchos calibre 7.62 mm. Escopeta de corredera marca Remington, modelo 870 magnum, número de serie NUM008, con su funda verde. (como armas de fuego largas de anima lisa, precisando para su licencia y uso, licencia tipo E). Rifle de repetición marca CZ MODELO 527, con mira telescópica en su funda, (arma de fuego, larga rayada, precisando para su uso licencia tipo D) con un cargador. 20 cartuchos, calibre 222 rem. Fusil tipo AK, con las inscripciones NUM009, zatava-kragujeva yugoslavia (son armas de fuego automáticas y como tales, armas de guerra) con dos cargadores. Escopeta de la marca FABARM BRESCIA, cal 12 ch70mm-76mm (arma de fuego, larga rayada, precisando para su uso licencia tipo E) 27 cartuchos de escopeta calibre 12-70.- Un bolso negro conteniendo en su interior: un lanzacohetes antitanque M80 (arma de uso militar, en buen estado de funcionamiento), con cohete antitanque 64 mm en su interior, Revolver SMITH&WESSON, 357 magnum (arma de fuego corta, 1º categoría dentro de la clasificación de armas reglamentadas precisa, para su tenencia y uso, licencia, tipo E) 6 cartuchos de 25 unidades, calibre 6,35. Una caja de cartuchos con 29 unidades calibre 6.35. 9 botes de apariencia spray de primienta (no homologados), Juego de grilletes. Caja conteniendo dos detonadores eléctricos, de fabricación industrial y en buen estado de uso. Un luminoso policial azul. 19 distintivos policiales de diversos cuerpos; 8 pines con temática policial y militar; dos chalecos antitrauma; cinco pasamontañas; dos fundas de arma de tipo Faja, otras dos de cordura de tipo "sobaquera", una funda de arma rígida, dos pelucas, tres pantalones y una chaqueta policial con corbata, camiseta de camuflaje, 4 capuchas.

Todas las armas se encuentran capacitadas para el disparo y los cartuchos y municiones, en buen estado de conservación, siendo aptos para ser disparados con las armas intervenidas. Los procesados carecían de licencia para la tenencia y uso de las armas incautadas.

En la entrada y registro efectuado en el domicilio de Serafin y Alejandra se encontraron entre otros, los siguientes efectos utilizados para la comisión de los hechos anteriormente expuestos: veinte teléfonos móviles y numerosos soportes de tarjetas de móviles. Asimismo, al ser detenidos los acusados, se les hallaron otros objetos utilizados para la comisión de los hechos probados, que...

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