SAP Barcelona 129/2015, 22 de Mayo de 2015

PonenteFRANCISCO HERRANDO MILLAN
ECLIES:APB:2015:4996
Número de Recurso494/2014
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución129/2015
Fecha de Resolución22 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 11ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN UNDÉCIMA

ROLLO Nº 494/2014

INCIDENTE DE OPOSICIÓN A LA EJECUCIÓN Nº 678/2012

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 5 VIC

S E N T E N C I A Nº 129/2015

Ilmos. Sres.

Josep Maria Bachs Estany (Presidente)

Francisco Herrando Millan (Ponente)

Antonio Gomez Canal

En Barcelona, a 22 de mayo de 2015.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Incidente de oposición a la ejecución, número 678/2012 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 5 Vic, a instancia de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA contra D. Virgilio, los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada, contra la Sentencia dictada en los mismos el día 31 de marzo de 2014, por el Sr/a. Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que DESESTIMANDO la demanda de oposición interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. IOLANDA PRAT BRES, en nombre y representación de D. Virgilio, contra UNNIM BANC, S.A.U., ahora BBVA y condenando a Virgilio a abonar a la parte ejecutante la cantidad de 15.861,55 euros, más los intereses legales, gastos y costas de este procedimiento."

SEGUNDO

Contra la anterior sentencia se interpuso recurso de apelación por D. Virgilio y dado el oportuno traslado a las demás partes se elevaron las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 25 de febrero de 2015.

CUARTO

En el presente juicio se han observado y cumplido las prescripciones legales. VISTO, siendo Ponente el Ilmo. Magistrado D. Francisco Herrando Millan.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Promovió la parte actora las presentes actuaciones de juicio cambiario, en base a tres pagarés derivados de tres contratos de préstamo (f. 18 y ss.). Admitida a trámite la demanda y requerido de pago el deudor formuló demanda de oposición (f. 78 y ss.). Por auto de 14-3-2014 se acordó la sucesión procesal de la mercantil actora por la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A, (f. 113 y ss.). Tras los trámites procesales oportunos se dictó sentencia desestimando la demanda de oposición. Contra la sentencia se alzó el demandado.

SEGUNDO

Se admiten y dan por reproducidos los hechos y fundamentos jurídicos de la sentencia recurrida.

TERCERO

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