SAP Valencia 26/2009, 27 de Enero de 2009

JurisdicciónEspaña
Número de resolución26/2009
EmisorAudiencia Provincial de Valencia, seccion 8 (civil)
Fecha27 Enero 2009

SENTENCIA Nº_26

SECCIÓN OCTAVA

Ilustrísimos Señores:

Presidente

D. EUGENIO SÁNCHEZ ALCARAZ

Magistrados/as

D, ENRIQUE VIVES REUS

Dª Mª FE ORTEGA MIFSUD

En la ciudad de VALENCIA, a veintisiete de enero de dos mil nueve.

Vistos por la Sección Octava de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo Sr. D. Mª FE ORTEGA MIFSUD, los autos de Juicio Ordinario, promovidos ante el

Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de Picassent, con el nº 000529/2006, por D. Jose Ignacio contra Dª Hortensia , sobre reclamación de cantidad, pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por representado por D. Jose Ignacio .

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

La sentencia apelada, pronunciada por el Sr. Juez de 1ª Instancia nº 1 de Picassent, en fecha 13 de junio de 2008 , contiene el siguiente: "FALLO: Estimar la demanda uinterpuesta por la representación procesal de Jose Ignacio contra Hortensia en consecuencia debo condenar a Hortensia a pagar a Jose Ignacio la cantidad de seis mil trescientos noventa y ocho euros con ochenta y ocho( 6.398,88 euros) más los intereses legales correspondientes, con expresa impoisicón de costas a la parte demandada.

Estimar la demanda reconvencional interpuesta por la representación procesal de Hortensia contra Jose Ignacio y en consecuencia debo condeanr a Jose Ignacio a pagar a Hortensia la cantidad de quince mil euros ( 15.000 euros) sin expresa condena en costas."

Segundo

Contra la misma, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por Jose Ignacio , que fue admitido en ambos efectos y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, señalándose para Deliberación y votación el 21 de enero de 2009 .

Tercero

Se han observado las prescripciones y formalidades legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Jose Ignacio presentó demanda en reclamación de cantidad contra Hortensia y con fundamento en los siguientes hechos expuestos en síntesis . El 27 de Octubre de 2003 se firmo por las partes una póliza de préstamo personal con el BBVA por importe de 30.000 euros respondiendo de dicha deuda ambas partes con carácter solidario y siendo avalistas de dicha póliza los padres del demandante . La amortización de dicho préstamo personal estaba establecido en 96 cuotas fijas de 401'59 euros a satisfacer mensualmente entre el 1 de noviembre de 2003 y el 1 de noviembre de 2011 mas un pago en concepto de intereses pactados . Que hasta el mes de mayo de 2004 la demandada abono su parte y después el demandante presentó una demanda por impago recayendo sentencia condenatoria para la demandada por la que se le condenaba la pago al demandante de la mitad del dinero que el demandante había pagado por dicho préstamo . Sin embargo desde la sentencia y en concreto desde noviembre de 2004 ha dejado otra vez de pagar abonando el demandante íntegramente las cuotas que ascienden a

12.797'76 euros por lo que la mitad es 6.398'88 euros que debe desembolsar la demandada y que es lo que se reclama . La demandada no solo se opuso a la demanda alegando la falta de legitimación activa sino que formuló reconvención en reclamación de 15.535 euros cantidad que comprende los siguientes conceptos ,

15.000 euros por corresponder dicha cifra a la mitad del préstamo que la demandada esta obligada a satisfacer al BBVA y la cantidad de 535 euros por corresponder a mensualidades del préstamo abonadas íntegramente por la demandada . La sentencia de instancia...

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