SAP Valencia 431/2007, 10 de Julio de 2007

PonenteVICENTE ORTEGA LLORCA
ECLIES:APV:2007:3842
Número de Recurso327/2007/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución431/2007
Fecha de Resolución10 de Julio de 2007
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

431/2007

Audiencia Provincial de Valencia Sección Sexta ROLLO nº 327/2007. SENTENCIA 10 de julio de 2007

PODER JUDICIAL

Audiencia Provincial de Valencia

Sección Sexta

ROLLO nº 327/2007

SENTENCIA nº431

Presidente

Don Vicente Ortega Llorca

Magistrada

Doña María Mestre Ramos

Magistrado

Don José Francisco Lara Romero

En la ciudad de Valencia, a 10 de julio de 2007.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por los señores y la señora del margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la sentencia de fecha veinticinco de enero de dos mil siete, recaída en autos de juicio ordinario nº 1389 de 2005, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de los de Valencia, sobre reclamación de la cantidad para resarcimiento de daños y perjuicios como consecuencia de obras realizadas.

Han sido partes en el recurso, como apelante la demandante doña Marí Jose, representada por la procuradora de los tribunales doña Carmen Vidal Vidal y defendida por la letrada doña Amparo Guillen Reig, y como apelados los demandados don Luis Angel, representado por el procurador de los tribunales don Ignacio Aznar Gomez y defendido por la letrada doña Trinidad Piquer Garcia, y SANTA LUCIA, S.A. de seguros, representada por la procuradora de los tribunales doña Lourdes Bañon Navarro y defendida por el letrado don Alejandro Perez Lafuente Suárez.

Es ponente don Vicente Ortega Llorca, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada dice:

>

SEGUNDO

La defensa de la demandante interpuso recurso de apelación, alegando, en síntesis, que en la vista Don Luis Angel reconoce que durante el cambio del marco de la ventana se le caen cascotes a la terraza de la recurrente, hecho que también reconoce el informe pericial de Don Benito. El hecho de que aquél valore los cascotes corno muchos o pocos carece de relevancia.

Don Fernando, Presidente de la Comunidad, testificó que vio la vivienda inundada y los cascotes en la terraza y en el sumidero, que la terraza estaba limpia, y que el sumidero nunca ha dado problemas de evacuación.

Don Matías, perito, acude a la vivienda un mes después del siniestro. Ratifica su informe, entiende que el sumidero es correcto en circunstancias normales el sumidero desagua, y no comprueba si está...

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