SAP Valencia 323/2003, 17 de Mayo de 2003

PonenteJOSE MARTINEZ FERNANDEZ
ECLIES:APV:2003:3142
Número de Recurso1026/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución323/2003
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 9ª

SENTENCIA NÚM:323/03

Ilustrísimos Sres.:

PRESIDENTE:

D. JOSE MARTINEZ FERNANDEZ

MAGISTRADOS:

D. GONZALO CARUANA FONT DE MORA

Dª Mª ANTONIA GAITON REDONDO

En la ciudad de Valencia a 17 de mayo de 2003.

Vistos por la Sección Novena de la Ilma. Audiencia Provincial de Valencia, siendo Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSE MARTINEZ FERNANDEZ, el presente rollo de apelación nº 1026/02, dimanante de los autos de Juicio Ordinario nº 465/01, promovidos ante el Juzgado de Primera Instancia número 10 de Valencia, entre partes, de una como demandado apelante a D. Rubén , representado por el procurador Sra. RUEDA ARMANGOT, de otra como demandado apelante a D. Adolfo , representado por el procurador Sr. SANZ OSSET, sobre PROTECCION DE DERECHOS DE INTIMIDAD, VIDA PRIVADA Y PROPIA IMAGEN, e interviniendo asímismo el MINISTERIO FISCAL.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La Sentencia apelada pronunciada por el Sr. Juez de Primera Instancia número 10 de los de Valencia, en fecha 20/06/02, contiene el siguiente FALLO:" Que estimando como estimo la demanda interpuesta por el procurador D. Emilio Sanz Osset, en nombre y representación de D. Adolfo , contra D. Rubén representado por el procurador D. Francisco Javier Frexes Castrillo, debo declarar y declaro:

La conducta de D. Rubén de instalar y poner en funcionamiento la videocámara ha vulnerado los derechos de D. Adolfo a la intimidad, al honor y a la propia imagen.

Confirmar el auto de medidas cautelares de treinta de julio de 2001.

Que D. Rubén indemnice a D. Adolfo , en concepto de daños y perjuicios en la cantidad de 240 euros.

Condenar al demandado a estar y pasar por lo anterior, todo elo con expresa imposición de costas a la parte actora.

SEGUNDO

Que contra la misma se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por el demandado, dándose el trámite previsto en la Ley, remitiéndose los autos a esta Audiencia Provincial, tramitándose la alzada con el resultado que consta en las actuaciones.TERCERO.- Que se han observado las formalidades y prescripciones legales.

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FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

El hecho que ha motivado la demanda del actor, que tiene su despacho profesional como arquitecto en la CALLE000 nº NUM000 de Valencia, es la instalación por el demandado, que tiene su domicilio en la puerta nº NUM001 del mismo edificio, de una cámara de grabación de imágenes en el patio o zaguán común, que enfoca directamente a la puerta de acceso desde la calle al edificio, conectado a través de un...

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