STSJ País Vasco 717/2008, 28 de Octubre de 2008

PonenteANGEL RUIZ RUIZ
ECLIES:TSJPV:2008:2618
Número de Recurso689/2006
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución717/2008
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUMERO 717/08

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS:

DON ÁNGEL RUIZ RUIZ

DOON JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA

En BILBAO, a veintiocho de octubre de dos mil ocho.

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en los recursos ordinarios siguientes:

  1. - El número 464/06 en el que se impugna la Orden Foral 1454/2005, de 27 de octubre del Departamento de Relaciones Municipales y Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia por la que se aprobó definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Bilbao referente a la ficha del área de reparto 606 y a los arts. 9.2.15, 9.2.16 y 9.2.17 , correspondientes al Área de Ordenación Remitida de Abandoibarra.

  2. - El número 689/06 en el que se impugna el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bilbao, recaído en sesión de 25 de mayo de 2006, por el que se aprobó definitivamente la modificación del Plan Especial de Reforma Interior de Abandoibarra, relacionada con los lotes 204, 206 y 209 para la adaptación del Plan Especial a la modificación del Plan General, tramitada en desarrollo del Acuerdo Marco entre Iberdrola y Bilbao Ría 2000, según proyecto presentado por Bilbao Ría 2000, S.A.

Son partes en dichos recursos:

- DEMANDANTE : HOTEL ABANDOIBARRA III MILENIO S.L., representada por el Procurador de los Tribunales D. Germán Ors Simón y dirigida por el Letrado D. Juan Manuel de Sosa Munguia.

- DEMANDADAS :-DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA, representada por el Procurador de los Tribunales Dª María Begoña Perea de la Tajada y dirigido por el Letrado D. Abel Muniategui Elorza.

-AYUNTAMIENTO DE BILBAO, representado por el Procurador de los Tribunales D. Gonzalo Aróstegui Gómez y dirigido por el Abogado D. Gonzalo Ruiz Aizpuru.

-P.V. NUEVA PROMOTORA 2005 S.A., representada por la Procuradora Dª Lucila Canivell y dirigida por el Letrado D. Iñaki Lavín Sanz.

- AGRUPACIÓN DE INTERÉS ECONÓMICO TORRE IBERDROLA A.I.E., representada por el Procurador Sr. Germán Apalategui Carasa y dirigida por el Letrado D. Javier Murua Etxebarria.

- IBERDROLA S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Germán Apalategui Carasa y dirigida por el Letrado D. Javier Lledó.

- BILBAO RIA 2000 S.A., representada por el Procurador de los Tribunales D. Alberto Arenaza Aratabe y dirigida por el Letrado D. Juan Landa Mendibe.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁNGEL RUIZ RUIZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 10.05.06 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. GERMAN ORS SIMON actuando en nombre y representación de Hotel Abandoibarra III Milenio S.L. , interpuso recurso contencioso-administrativo contra la Orden Foral 1454/2005, de 27 de octubre del Departamento de Relaciones Municipales y Urbanismo de la Diputación Foral de Bizkaia por la que se aprobó definitivamente la modificación del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Bilbao referente a la ficha del área de reparto 606 y a los arts. 9.2.15, 9.2.16 y 9.2.17 , correspondientes al Área De Ordenación Remitida de Abandoibarra, quedando registrado dicho recurso con el número 464/06.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia estimando en su integridad el presente recurso y,

  1. Se declare no ajustada a derecho la Orden Foral 1454/2005, de 27 de octubre, de la Diputación Foral de Bizkaia, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Bilbao con respecto a la ficha del Área de reparto 606 y a los artículos 9.2.15, 9.2.16 y 9.2.17 correspondientes al Area de Ordenación Remitida de Abandoibarra.

  2. Se ordene a la Administración demandada a estar y parar por los anteriores pronunciamientos, así

como se le condene al pago de las costas del presente procedimiento.

TERCERO

En el escrito de contestación presentado por la representación de Diputación Foral de Bizkaia en fecha 3.11.06, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime este recurso contencioso administrativo confirmando en todas sus partes el acto impugnado, con expresa imposición de las costas del proceso a la demandante.

CUARTO

El 16 de junio de 2006 el Procurador Sr. Ors Simón, actuando en representación de HOTEL ABANDOIBARRA III MILENIO, S.L., interpuso recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bilbao, recaído en sesión de 25 de mayo de 2006, por el que se aprobó definitivamente la modificación del Plan Especial de Reforma Interior de Abandoibarra, relacionada con los lotes 204, 206 y 209 para la adaptación del Plan Especial a la modificación del Plan General, tramitada en desarrollo del Acuerdo Marco entre Iberdrola y Bilbao Ría 2000, según proyecto presentado por Bilbao Ría 2000, S.A., recurso al que le correspondió el número 689/06.

QUINTO

En el escrito de demanda del procedimiento 689/06 la mercantil recurrente solicitó el dictado de sentencia por la que se estime en su integridad el recurso y,

  1. se declare no ajustado a derecho el Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Bilbao recaído en sesión de 25 de mayo de 2006 que se describe en el hecho anterior.b) se ordene a la Administración demandada a estar y pasar por el anterior pronunciamiento, así

como se le condene al pago de las costas del presente procedimiento.

SEXTO

En fecha 27.10.06 por el Procurador D. Gonzalo Aróstegui Gómez, en representación del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao, se solicitó la acumulación al presente recurso del tramitado con el número 689/06.

Por auto de fecha 24 de enero de 2007 se acordó la acumulación de ambos procedimientos, con suspensión de la tramitación del recurso nº 464/06 hasta que en el 689/06 el Ayuntamiento de Bilbao contestara a la demanda, momento a partir del cuál se unirían físicamente los dos recursos acumulados y se continuaría la tramitación de ambos en el nº 464/06, por ser el más antiguo.

SEPTIMO

En fecha 26.02.07 el Ayuntamiento de Bilbao presentó escrito de contestación al Procedimiento Ordinario 689/06, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se inadmita el presente recurso contencioso administrativo o subsidiariamente sea desestimado en su integridad.

OCTAVO

Por providencia de fecha 28.02.07 se acordó la unión física los dos recursos acumulados dándose traslado a la DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA para que contestara a la demanda formulada en el recurso ORN 689/06, y al AYUNTAMIENTO DE BILBAO para contestara a la demanda formulada en el recurso ORN 464/06.

En fecha 12 de marzo de 2007 por la Procuradora Dª Begoña Perea de la Tajada en representación de Diputación Foral de Bizkaia se presentó escrito de contestación al recurso 689/06 en el que se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se según pedimentos propios y del Ayuntamiento de Bilbao se desestime este recurso contencioso administrativo confirmando en todas sus partes el acto impugnado, con expresa imposición de las costas del proceso a la demandante.

En fecha 27.03.07 por el Procurador D. Gonzalo Aróstegui Gómez en representación del Excmo. Ayuntamiento de Bilbao se presentó escrito de contestación al recurso 464/06 en el que se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se inadmita el recurso y subsidiariamente sea éste desestimado declarando la conformidad a derecho de las disposiciones impugnadas, con expresa imposición de las costas del proceso a la demandante.

NOVENO

En fecha 10.05.07 por la Procuradora Dª Lucila Canivell Chirapozu en representación de P.V. Nueva Promotora 2005 S.A., se presentó escrito de contestación a los dos recursos acumulados en el que se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimando íntegramente las demandas interpuestas por la demandante con expresa imposición de las costas a la misma.

Con fecha 13.06.07 por el Procurador Sr. Germán Apalategui Carasa en representación TORRE IBERDROLA S.A., se presentó escrito de contestación a los dos recursos acumulados en el que se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia desestimando íntegramente la demanda interpuesta con expresa imposición de las costas a la demandante.

En fecha 17.07.07 Por el Procurador Sr. Germán Apalategui Carasa en representación IBERDROLA S.A., se presentó escrito de contestación a los dos recursos acumulados en el que se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se inadmita el recurso y subsidiariamente se desestime íntegramente la demanda interpuesta con expresa imposición de las costas a la demandante.

Con fecha 20.09.07 por la representación procesal de BILBAO RÍA 2000 S.A. se presentó escrito de contestación a los dos recursos acumulados en el que se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare la inadmisibilidad del recurso y subsidiariamente se desestime íntegramente la demanda interpuesta con expresa imposición de las costas a la demandante.

DÉCIMO

Por auto de 10.10.07 se fijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

UNDÉCIMO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

DUODÉCIMO

En los escritos de...

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