SAP Valencia 287/2002, 30 de Mayo de 2002

PonenteJUAN JOSE ZAPATER FERRER
ECLIES:APV:2002:3098
Número de Recurso2100/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución287/2002
Fecha de Resolución30 de Mayo de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 2ª

SENTENCIA Nº 287

En la ciudad de Valencia, a treinta de Mayo de dos mil dos.

El Ilmo. Sr. D. Juan José Zapater Ferrer, Magistrado de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Valencia, constituido en Tribunal Unipersonal, ha visto en grado de apelación los presentes autos de Juicio de Faltas nº 277/01, correspondiente al Rollo nº 2100/02 sobre Insultos y amenazas procedentes del Juzgado de Instrucción nº 1 de Catarroja (Valencia).

Han intervenido en el recurso, como apelante Dª Ana Isabel Serna Nieva en representación de D. Fernando , y como apelado el Ministerio Fiscal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Juzgado de Instrucción nº 1 de Catarroja (Valencia), con fecha 25-01- 2002 se dictó sentencia en la meritada causa, declarando probados los hechos siguientes: "No ha quedado acreditado que el pasado 5 de junio de 2001, sobre las 12 h. De la noche, se produjera una discusión entre las partes relacionada con el hija de ambos, Sheila, en la que la denunciada, Cecilia , se dirigiera al denunciante, Fernando , diciéndole "hijo de puta, métete a la niña por el culo", causándole un arañazo en el cuello.".

SEGUNDO

La parte dispositiva de la referida sentencia recurrida es del tenor literal siguiente: "Que DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO A Cecilia , como autora de una falta de MALOS TRATOS con todos los pronunciamientos que le sean favorables.

Imponiendo las costas de oficio.".

TERCERO

Notificada dicha sentencia a las partes, por el arriba indicado se interpuso recurso de apelación ante el órgano judicial que la dictó. Formalizado el recurso ante el Juzgado de Instrucción, dio este traslado a las demás partes por un plazo común de diez días. Transcurrido dicho plazo y fijado domicilio para notificaciones, fueron elevados los autos originales a esta Audiencia Provincial con todos los escritos presentados y recibidos los mismos fueron repartidos por los servicios comunes al Magistrado que suscribe y, remitido el asunto a la Secretaría de la Sección Segunda de esta Audiencia Provincial, se formó el correspondiente rollo, señalándose el 30-5-02 para su estudio y resolución.CUARTO.- En la tramitación de ambas instancias se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los hechos declarados probados en la sentencia apelada, que han quedado anteriormente transcritos.

FUNDAMENTOS JURIDICOS
PRIMERO

El primer motivo del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada en el presente juicio de faltas, es de índole procesal y es la alegación que se hace de incongruencia en que ha incurrido la sentencia por el hecho de que en el fallo de la misma no se resuelven todos los puntos que han sido objeto de debate, puesto que contiene el siguiente pronunciamiento: "Absuelvo a Cecilia como autora de una falta de malos tratos..." siendo así que las acusaciones formularon la petición de condena por amenazas y por injurias, además de malos tratos.

SEGUNDO

En el juicio de faltas, el objeto del proceso se concreta en dos momentos distintos: mediante la denuncia de la que se da traslado al denunciado, y en el momento del juicio cuando las partes califican los hechos. En la denuncia, el denunciante relató como hechos, que la denunciada le había llamado "hijo de puta" y que le había "pegado". En...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR