SAP Córdoba 103/2002, 24 de Abril de 2002

PonenteMARIA MERCEDES GARCIA ROMERO
ECLIES:APCO:2002:601
Número de Recurso25/2002
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución103/2002
Fecha de Resolución24 de Abril de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Córdoba, Sección 3ª

SENTENCIA N° 103/02 ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

ILTMO. SR. D. FRANCISCO ANGULO MARTIN

MAGISTRADOS:

ILTMA. SRA. Dª MARIA MERCEDES GARCÍA ROMERO

ILTMO. SR. D. FRANCISCO SANCHEZ ZAMORANO

En CORDOBA, a veinticuatro de abril de dos mil dos. La Sección Tercera de esta Audiencia ha visto y examinado el recurso de apelación interpuesto contra autos de J. ORDINARIO N° 119/01 seguidos en el Juzgado de 1ª Instancia n° 1 de Montilla entre eldemandante Juan María representado por el Procurador Sr. Asensio Pérez y defendido por el Letrado Sr. Moreno Gómez, y el demandado Rogelio representado por el Procurador Sra. Moreno Reyes y defendido por el Letrado Sr. Espejo Ruíz pendientes en esta Sala a virtud de recurso de apelación interpuesto por la representación de la parte demandante contra sentencia recaída en autos, siendo Ponente del recurso la Magistrada Iltma. Sra. Dª. MARIA MERCEDES GARCÍA ROMERO.

Aceptando los antecedentes de hecho de la sentencia recurrida y,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que seguido el juicio por sus trámites se dictó sentencia por el Sr. Juez de 1ª Instancia n°1 de Montilla cuyo Fallo es como sigue: " Que debo desestimar y desestimo la demanda formulada por el procurador Sr. Cruz Gómez en nombre y representación de D. Juan María contra D. Rogelio , absolviendo al demandado de las pretensiones contra el mismo deducidas, con expresa imposición de costas a la parte actora ".

SEGUNDO

Que contra dicha resolución se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación de la parte demandante que fue admitido en ambos efectos, oponiéndose al mismo la parte contraria, remitiéndose los autos a este Tribunal y considerando el mismo necesaria la celebración de vista, tuvo lugar con asistencia de referidos Procuradores y Letrados solicitándose por la apelante la revocación de la sentencia y en su lugar se dictara otra con arreglo a sus peticiones y por la del apelado que se confirmara dicha resolución en todos sus pronunciamientos.

TERCERO

Que en la tramitación de las dos instancias de este juicio se han observado las prescripciones legales.

Aceptando los fundamentos jurídicos de la resolución recurrida

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

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