SAP Castellón 36/2003, 11 de Febrero de 2003

PonenteELOISA GOMEZ SANTANA
ECLIES:APCS:2003:100
Número de Recurso324/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución36/2003
Fecha de Resolución11 de Febrero de 2003
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 2ª

SENTENCIA N°. 36-A

Iltmª. Srª. Magistrada:

Dª. Eloisa Gómez Santana.

En Castellón de la Plana, a once de febrero de dos mil tres.

La SECCIÓN SEGUNDA de la Audiencia Provincial de Castellón, integrada por el Iltmo. Sr. anotado al margen, ha visto y examinado en grado de apelación los presentes Autos de Juicio verbal de Faltas núm. 210/01, seguidos ante el Juzgado Instrucción n° 2 de Castellón, en virtud del recurso de apelación interpuesto contra la Sentencia dictada por dicho Juzgado con fecha 24-9-02 habiendo sido partes como APELANTES D°. Andrea , Mapfre Mutualidad, Javier y Flor , representados por los Procuradores Sra. Ramos y Viñado Bonet respectivamente y por los Letrados Sr. Traver y Sr. Clarin y como APELADOS los mismos.

ANTECEDENTES
PRIMERO

El Juzgado de Instrucción n° 2 Castellón en los Autos de Juicio verbal de Faltas núm. 210/01, con fecha 24-9-02 dictó Sentencia, cuya parte dispositiva literalmente copiada dice: FALLO: Que debo condenar a Javier como autor de una falta de lesiones imprudentes penada en el art. 621 del C. P. ala pena de quince días de multa con una cuota diaria de 1,20 euros, y en caso de impago a un día de responsabilidad personal subsidiaria por cada dos cuotas impagadas. En concepto de responsabilidad civil deberá indemnizarse a Andrea en la suma de 56169,89 euros por las lesiones y secuelas declarando la responsabilidad civil subsidiaria de la Sra. Flor y directa de Mapfre a quien no se impone el interés del articulo 20 LCS, imponiendo las costas procesales a los demandados.

SEGUNDO

Dicha resolución declaró como probados los siguientes hechos: UNICO.- Se declara probado que el día 17 de diciembre de 2000 Javier conducía el vehículo matricula FX-....-OH , llevando como ocupante a la denunciante Sra. Andrea , cuando al entrar en la rotonda de Ferrandis Salvador cruce con camino de la Playa, debido a un exceso de velocidad volcó el vehículo, resultando lesionada la Sra. Andrea .

TERCERO

Publicada y notificada en legal forma la anterior resolución, interpuso contra la misma recurso de apelación D. Andrea , Mapfre Mutualidad, D. Javier y Dª. Flor , que por serio en tiempo y forma fue admitido, y previo traslado a las partes, se remitieron las actuaciones a esta Audiencia, formándose el correspondiente Rollo y señalando para la resolución el día 5-2-2003 en cuyo escrito de interposición del recurso las partes apelantes solicitaron la revocación de la sentencia y que se dictara otra en los términosinteresados que constan en aquellos y por las partes apeladas se pidió la desestimación del recurso de adverso.

CUARTO

En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.

HECHOS PROBADOS

SE ACEPTAN los así declarados por la Sentencia de instancia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Constituye el único motivo del recurso la disconformidad alegada por ambas partes apelantes en cuanto al pronunciamiento sobre la responsabilidad civil que contiene la sentencia de instancia, interesando la representación de la perjudicada Sra. Andrea : 1) que se fije la indemnización por secuelas en 27.130.160 ptas; 2) que se fije como factor correctivo por daños morales complementarios

10.983.309 ptas, 3) que se fije por aplicación del factor corrector del 10% sobre días de incapacidad y secuelas 2.783.539 ptas, y 4) que se imponga a la Aseguradora Mapfre el interés del 20% de la LCS desde la fecha...

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