SAP Castellón 471/2001, 20 de Noviembre de 2001

PonenteESTEBAN SOLAZ SOLAZ
ECLIES:APCS:2001:1585
Número de Recurso237/2001
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución471/2001
Fecha de Resolución20 de Noviembre de 2001
EmisorAudiencia Provincial - Castellón, Sección 1ª

SENTENCIA Nº 471

Iltmos. Sres.

Presidente:

Don FERNANDO TINTORE LOSCOS

Magistrados:

Don JOSE ALBERTO MADERUELO GARCÍA

Don ESTEBAN SOLAZ SOLAZ

En la Ciudad de Castellón, a veinte de noviembre del Dos Mil Uno.

La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Castellón de la Plana, constituida, por los Iltmos. Sres. anotados al margen, ha visto el presente Recurso de Apelación en ambos efectos, interpuesto contra la Sentencia dictada el día 9 de Marzo del 2.001 por la Sra. Juez Sustituta del Juzgado de 1ª Instancia Núm. 3 de Nules, en los autos Incidentales, sobre Modificación de Medidas de Divorcie, seguidos con el Núm. 177/00 de dicho Juzgado.

Han sido partes en el recurso, como APELANTE, Don Eloy , que litiga representado por la Procuradora Doña Concepción Motilva casado y dirigida por el Abogado Dan Domingo Martín Ortiz, y como parte APELADA, Doña. Elsa , representada por la Procuradora Doña Mª Jesús Margarit Pelay dirigida por el Abogado Don Jose Antonio Ruiz Salvador, y Ponente sal Iltmo. Sr. Magistrado Dan ESTEBAN SOLAZ SOLAZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El Fallo de lea sentencia apelada literalmente dispuso: "Que estimando parcialmente la demanda insterpuesta por DOÑA CONCEPCION MOTILVA CASADO, en nombre y representación de DON Eloy , DOÑA María Consuelo , debo acordar y acuerdo suprimir la pensión alimenticia de 10.000 ptas mensuales para cada una de las hijas acordada en el convenio regulador de 25 de septiembre de 1986 aprobado en sentencia de divorcio de fecha 10 de noviembre de 1986.No se hace expresa condena en costas.

SEGUNDO

Notificada dicha resolución a las partes, la representación procesal de Don Eloy interpuso el tiempo Y forma recurso de apelación contra la misma, que fue admitido a trámite en ambos efectos s evacuándose el trámite de impugnación, en el que se opuso la parte contraria.

TERCERO

Remitidas las actuaciones a la Audiencia Provincial de Castellón, se turnaron a la Sección Primera, donde se formó el oportuno Rollo de Apelación, tramitándose el recurso y señalándose para la deliberación y votación del Tribunal el pasado día 8 de Noviembre del 2001, a las 10,30 horas en que ha tenido lugar.

CUARTO

En la tramitación de este recurso si han observado, en lo esencial, las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

NO SE ACEPTAN los de la Sentencia recurrida, que se sustituyen por lora siguientes, Y

PRIMERO

El único tema debatido en esta alzada es el de la modificación de la medida relativa a la pensión compensatoria por desequilibrio, establecida ron favor de la demandada y hoy apelada Doña Elsa en la Sentencia de Divorcio que aprobó el Convenio Regulador de fecha 15 de Septiembre de 1.986 a rayón de 20.000 ptas mensuales, para la que el actor y hoy apelante non Eloy pide su extinción alegando en defensa de su pretensión revocatoria, como único motivo del recurso, la modificación de circunstancias sobrevenidas, que se basan en el largo lapso temporal transcurrido desde su adopción, y por encontrarse la esposa trabajando y sin dedicación al matrimonio y a las hijas de los litigantes -todas ellas mayores de edad y con vida independientemente-, transcurridos ya 15 años desde que la medida fue estipulada.

La sentencia recurrida rechazó la extinción de la pensión compensatoria por considerar la Juzgadora a quo que no se había producido una alteración sustancial de las...

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