SAP Jaén 277/2004, 2 de Diciembre de 2004

PonenteJESUS MARIA PASSOLAS MORALES
ECLIES:APJ:2004:1315
Número de Recurso320/2004
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución277/2004
Fecha de Resolución 2 de Diciembre de 2004
EmisorAudiencia Provincial - Jaén, Sección 3ª

SENTENCIA Núm. 277/04

Iltmos. Sres.:

Presidente

D. JOSÉ CÁLIZ COVALEDA

Magistrados

Dª.LOURDES MOLINA ROMERO

D. JESÚS MARÍA PASSOLAS MORALES

En la Ciudad de Jaén, a dos de Diciembre de dos mil cuatro.-Vistos en grado de apelación, por la Sección Tercera de esta Audiencia Provincial, los autos de Juicio Ordinario, seguidos en primera instancia con el núm. 271 del año 2003, por el Juzgado de Primera Instancia Número CUATRO de LINARES, Rollo de Apelación de esta Audiencia núm. 320 DE 2004 a instancia de D. Esteban , Dª María Rosa Y D. Luis Enrique , representado en la instancia por el Procurador de los Tribunales D. Luis Enrique Colado Olmo, y defendido por el Letrado D. Raimundo Cerezuela Cazalilla, contra D. Ildefonso declarado en rebeldía y contra MAPFRE S.A., representada en la instancia por el Procurador de los Tribunales D. María Dolores Chacón Jiménez, y en ésta por el Procurador de los Tribunales D. Leonardo del Balzo Parra y defendido por el Letrado D. Antonio Chacón Jiménez.

ACEPTANDO los Antecedentes de Hecho de la Sentencia apelada, dictada por el Juzgado de Primera Instancia Número CUATRO de LINARES, con fecha 01 de Septiembre de 2004, aclarada por Auto 15 de Septiembre de 2004 .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por dicho Juzgado y en la fecha indicada se dictó Sentencia que contiene el siguiente Fallo: ,Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Luis Enrique Colado Olmo en representación de Esteban , María Rosa y Luis Enrique condenando a los demandados Mapfre Mutualidad representada por la Procuradora María Dolores Chacon Jiménez y Ildefonso , en situación de rebeldía procesal, a abonar conjunta y solidariamente a Esteban y a su esposa María Rosa tanto para ellos como en cuanto representantes legales de sus hijos menores de edad Donato y Filomena la cantidad de 84.335,64 euros. Dado que ya les fueron entregados 58.335,64 euros, la cantidad final a abonar será de 26.300,11 euros. Asimismo, deberán indemnizar conjunta y solidariamente a Luis Enrique en la cantidad de 15.046,40 euros, dichas cantidades devengaran el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda hasta la presente resolución sin perjuicio de los intereses previstos en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil sin hacer expresa imposición de costas a ninguna de las partes."Posteriormente se dictó Auto que contiene la siguiente parte dispositiva: ,En atención a lo expuesto, y dando lugar en parte a la solicitud de aclaración de sentencia instada por el Procurador Dª. María Dolores Chacon Jiménez, actuando en la representación de Mapfre Mutualidad, acuerdo rectificar el error material existente en la Sentencia de fecha 1 de Septiembre de 2004 , quedando el fallo redactado de la siguiente manera: Estimar parcialmente la demanda interpuesta por el Procurador Luis Enrique Colado Olmo en representación de Esteban , María Rosa y Luis Enrique condenando a los demandados, Mapfre Mutualidad representada por la Procurador María Dolores Chacon Jiménez y Ildefonso , en situación de rebeldía procesal, a abonar conjunta y solidariamente a Esteban y a su esposa María Rosa tanto para ellos como en cuanto representantes legales de sus hijos menores de edad Donato y Filomena la cantidad de 84.635,66 euros. Dado que ya les fueron entregados 58.335,64 euros, la cantidad final a abonar será de 26.299,72 euros. Asimismo, deberán indemnizar conjunta y solidariamente a Luis Enrique en la cantidad de 11.284,76 euros, dichas cantidades devengaran el interés legal del dinero desde la interposición de la demanda hasta la presente resolución sin perjuicio de los intereses previos en el art. 576 de la Ley de Enjuiciamiento Civil...

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