SAP Madrid 524/2002, 9 de Julio de 2002

PonenteMARIA VICTORIA CALLE RODRIGUEZ
ECLIES:APM:2002:9077
Número de Recurso249/2002
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución524/2002
Fecha de Resolución 9 de Julio de 2002
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 16ª

SENTENCIA N°524/02

ILMOS. SRES. MAGISTRADOS DE LA SECCIÓN XVI

D. MIGUEL HIDALGO ABIA

Dª CARMEN LÁMELA DÍAZ

Dª MARÍA VICTORIA CALLE RODRIGUEZ

En Madrid a nueve de julio de dos mil dos.

Vistas, en segunda instancia, ante la Sección 16ª de esta Audiencia Provincial, las diligencias del Procedimiento Abreviado núm. 27/02, procedentes del Juzgado de lo Penal núm. 5 de Madrid. Seguidas por delito de hurto de uso de vehículo de motor, contra Everardo , Blas y Pedro Francisco , venidas a conocimiento de esta Sección en virtud del recurso de apelación que autoriza el artículo 796.1 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, interpuesto en tiempo y forma por el Procurador D. Luis de Argüelles González, en nombre y representación de Blas y Everardo , contra la sentencia pronunciada por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez de lo Penal n° 5 de Madrid, con fecha 18 de abril de 2002; habiendo sido partes en la sustanciación del recurso los apelantes; siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrado Dª MARÍA VICTORIA CALLE RODRIGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La indicada sentencia, de la que se acepta su relación de trámites como tales antecedentes, cuya relación fáctica es del tenor literal siguiente " Apreciando, en conciencia, la prueba practicada en el acto del juicio oral, expresa y terminantemente se declara probado que Everardo , con DNI núm. NUM000 , Blas , con DNI núm. NUM001 y Pedro Francisco , con DNI núm. NUM001 , mayores de edad, sin antecedentes penales, en la madrugada del día 23 de septiembre de 2.001, penetraron en el vehículo Fiat Uno, matrícula Y-....-YC , propiedad de Rosario estacionado en la calle Alberto Bosch núm. 16 de Madrid, sin que conste el empleo de fuerza y poniéndolo en marcha con una varilla a modo de llave de contacto, circularon con el mismo hasta las 6,45 horas en que fueron sorprendidos por la policía a bordo del mismo en la calle Ponts Molins ya que les dieron el alto tras saltarse un semáforo en rojo, confesando entonces espontáneamente la sustracción del vehículo y entregando a los agentes la varilla con las que mantenían en marcha el vehículo.Se produjeron daños en un retrovisor tasados en 16.000 pesetas; el vehículo está valorado en 200.000 pesetas."

La parte dispositiva de la resolución recurrida es la siguiente:

"Que debo condenar y condeno a Everardo , Blas y Pedro Francisco , como autores responsables de un delito de HURTO DE USO DE VEHÍCULO DE MOTOR, ya definido, concurriendo la atenuante de haber confesado la infracción a las autoridades, a la pena, para cada uno de ellos de DOCE FINES DE SEMANA DE ARRESTO; y a que abonen por terceras partes las costas procesales causadas e indemnicen conjunta y solidariamente a Rosario en 96,16 EUROS." Para el cumplimiento de la pena impuesta, le será de abono el tiempo que haya estado privado de libertad por esta causa, si no le hubiere sido abonado en otra."

SEGUNDO

Contra la anterior resolución D. Luís de Argüelles González, Everardo , Blas y Pedro Francisco ,...

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