SAP Murcia 120/2004, 27 de Diciembre de 2004
Ponente | JUAN ANTONIO JOVER COY |
ECLI | ES:APMU:2004:2742 |
Número de Recurso | 248/2004 |
Procedimiento | PENAL |
Número de Resolución | 120/2004 |
Fecha de Resolución | 27 de Diciembre de 2004 |
Emisor | Audiencia Provincial - Murcia, Sección 4ª |
SENTENCIA: 00120/2005
AUDIENCIA PROVINCIAL Rollo Apelación Penal
SECCION CUARTA nº. 248/04
MURCIA
Iltmos. Sres.:
D. Carlos Moreno Millán
Presidente
D. Juan Antonio Jover Coy
D. Andrés Pacheco Guevara
Magistrados
SENTENCIA Nº 120
En la ciudad de Murcia, a veintisiete de diciembre de dos mil cuatro.
La Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial ha visto en grado de apelación las presentes actuaciones de orden penal, rollo nº 248/2004, procedentes del Juzgado de lo Penal nº 2 de Murcia y tramitadas con el nº 808/04 por las normas del Juicio Rápido por delito contra la salud pública contra Carlos Miguel cuyas circunstancias personales ya constan; en virtud del recurso de apelación interpuesto por éste, que ha estado representado por el Procurador Sr. De Hita Lorente y defendido por la Letrada Sra. Esquer Ortin contra la sentencia de fecha 25-10-2004 dictada por el Juzgado de lo Penal nº 2 de Murcia en la causa indicada. Siendo ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Juan Antonio Jover Coy, que expresa la convicción del Tribunal.
El Juzgado de lo Penal nº 2 de Murcia dictó, en las actuaciones de que el presente rollo dimana, sentencia de fecha 25-10-2004 declarando probados los siguientes hechos:
ÚNICO.- -Resulta probado, y así se declara, que el día 13 de octubre de 2004, sobre las 21'15 horas,los Agentes de la Policía Local de Murcia con carnés profesionales NUM001 y NUM002 dieron el alto al ciclomotor marca Yamaha, matrícula K-....-KPB , que circulaba por la Avda. Primero de Mayo de esta Ciudad, conducido por el acusado Carlos Miguel , con D.N.I. nº NUM000 , mayor de edad y sin antecedentes penales, cacheándole las ropas y hallando en el bolsillo derecho del pantalón una bolsa que contenía 0'46 gramos de hierba de cannabis (marihuana) y, escondida en el interior de los calzoncillos, otra bolsa que contenía 13 barras de resina de cannabis (hachís) con un peso total de 17'75 gramos. Asimismo, en el bolsillo trasero encontraron un billete de 5 € y 2'75 € en moneda fraccionaria.
El acusado portaba la sustancia referida con el propósito de transmitirla a terceras personas.
El Área de Sanidad de la Delegación del Gobierno en Murcia remitió informe analítico sobre naturaleza y pesaje de la sustancia intervenida conforme al cual había dado reacciones positivas de resina de cannabis (hachís) con un peso de 17'75 gramos el decomiso A y de hierba de cannabis con un peso de 0'46 gramos el decomiso B, tratándose de productos nocivos para la salud y sometidos a control de estupefacientes en las Listas I y IV del Convenio Único de 1961 y Lista II del Convenio de Viena de 1971 .
El valor de la resina de cannabis aprehendida en el mercado ilícito durante el segundo semestre de 2004 es de 77'92 € (4'39 € el gramo) y el de la hierba de cannabis es de 1'43 € (2'86 € el gramo).
Como consecuencia de ello, la expresada resolución contiene el siguiente fallo:
"Que debo CONDENAR Y CONDENO a D. Carlos Miguel , como autor criminalmente responsable de UN DELITO CONTRA LA SALUD PÚBLICA respecto de sustancias que no causan grave daño a la salud, sin circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena de prisión por tiempo de un año, con la accesoria de inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena, y multa de 158'7 €, con responsabilidad personal subsidiaria de un mes en caso de impago por insolvencia, con abono de las costas procesales.
Se decreta el COMISO y...
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