STSJ Murcia 565/2005, 15 de Julio de 2005

PonenteMARIANO ESPINOSA DE RUEDA-JOVER
ECLIES:TSJMU:2005:3139
Número de Recurso481/2004
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución565/2005
Fecha de Resolución15 de Julio de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 565/05

En Murcia a quince de Julio de dos mil cinco.

En el rollo de apelación nº 481/04 seguido por interposición de recurso de apelación contra la sentencia nº 280/04 de 21 de abril del Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Murcia sobre extinción de permiso de trabajo.

Figura como parte apelante LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO Murcia, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado y como parte apelada Don Clemente representado por el Procurador Don Tomás Soro Sánchez y defendido por Salvador Pernías Martínez.

El recurso se interpuso contra la resolución dictada por la Dirección General de Ordenación de las Migraciones del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 5 de agosto de 2002, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra resolución de la Delegación del Gobierno en Murcia, de 19 de diciembre de 2001, por la que se declaró extinguido el permiso de trabajo concedido al recurrente.Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. Don Mariano Espinosa de Rueda Jover, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO

ÚNICO.- Presentado el recurso de apelación referido, el Juzgado de lo Contencioso Administrativo nº 1 de Murcia, lo admitió a trámite y después de dar traslado del mismo a la parte apelada para que formalizara su oposición, remitió los autos junto con los escritos presentados a Sala, la cual designó Magistrado ponente y acordó que quedaran los autos pendientes para dictar sentencia, al no ser pedido recibimiento a prueba, ni vista ni conclusiones por ninguna de las partes, señalándose para que tuviera lugar la votación y fallo el 8 de Julio de 2005.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes y fundamentos de la Sentencia apelada.

La Delegación del Gobierno en Murcia ha interpuesto recurso de apelación frente la sentencia nº 280/04 de 21 de Abril, del Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 1 de los de Murcia que estimaba la demanda declarando el derecho del recurrente a la renovación del permiso de trabajo solicitada, siempre que no hayan sobrevenido con posterioridad a la tramitación del expediente administrativo o del propio recurso jurisdiccional, hechos o circunstancias que impidan dicha renovación.

SEGUNDO

Los motivos que alega la apelante frente a la sentencia son los siguientes:

1) La resolución impugnada en el proceso es el acuerdo de 19 diciembre 2001, que decidió extinguir el permiso de trabajo que ya había sido concedido, pero fue debido a que se recibió en la Delegación del Gobierno un fax de la Comisaría de Policía de Lorca, haciendo constar que el interesado tenía antecedentes policiales, al ser detenido en Lorca el día 12 de febrero de 2000 por atentado a Agente de la autoridad, tramitándose las diligencias en el Juzgado nº 3 de Lorca. Además el 29 de noviembre de 2001 fue detenido por falsificación de documentos, instruyéndose también las correspondientes diligencias.

2) La resolución que extinguió el permiso de trabajo se remite para su motivación al informe...

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