STSJ Andalucía 2066/2008, 9 de Junio de 2008

PonenteMARIA ELENA DIAZ ALONSO
ECLIES:TSJAND:2008:13073
Número de Recurso703/2007/
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución2066/2008
Fecha de Resolución 9 de Junio de 2008
EmisorSala de lo Social

2066/2008

Recurso nº 07-703 (S) Sentencia nº 2066/08

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO, PRESIDENTE

DON JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

DON BENITO RECUERO SALDAÑA

En Sevilla, a nueve de junio de dos mil ocho.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados citados al margen, EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 2066/08

En el recurso de suplicación interpuesto por NEWTELCO SERVICES S.A., contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 2 de los de Jerez de la Frontera, en sus autos núm. 706/05; ha sido Ponente la Iltma. Sra. Magistrada Doña MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por Evaristo, contra Newtelco Services S.A., sobre cantidad, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 24 de noviembre de 2006 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

Primero

D°. Evaristo, con D.N.I. NUM000, viene prestando servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa Newtelco Services, S.A., con antigüedad de 07.05.2001, con categoría de Técnico de Operación y Mantenimiento BSS (001), adscrito al área de Redes, con Centro de trabajo en Jerez de la Frontera y un salario bruto anual, fijado para 2004, en 19.321,08 euros.

Segundo

El actor inició su relación laboral con la Empresa Retevisión Móvil, S.A., habiéndose producido una sucesión empresarial con Newtelco Services, S.A., el 01.12.03, que se ha subrogado en los derechos y obligaciones del mismo.

Tercero

El demandante realiza las labores de cuidado, atención y mantenimiento del centro donde se ubican los dispositivos técnicos necesarios para mantener la cobertura geográfica de la telefonía móvil, además de atender el mantenimiento de las antenas para telefonía móvil existentes en la provincia de Cádiz.

Cuarto

Este servicio se realiza de manera permanente durante las 24 horas del día y todos los días de la semana, incluidos festivos y fines de semana, prestándose en un turno de mañana y otro de tarde con presencia del trabajador, existiendo además un servicio de reten a disposición (localizado) durante las noches, fines de semana y festivos.

El turno de mañana comprende un horario desde las 07,00 h hasta las 15,00h. El turno de tarde comprende desde las 14,00 h hasta las 22,00 h. El retén a disposición (localizado y disponible en su domicilio a través de móvil) comprende el horario nocturno desde las 22,00 h hasta las 07,00 h del siguiente día (de lunes a viernes), así como desde las 22,00 h del viernes hasta las 07,00 h del lunes, cubriendo además los días festivos de entre semana desde las 22,00 h de la víspera, hasta las 07,00 h del día laborable siguiente.

Quinto

El grupo de Técnicos BSS esta formado por cinco trabajadores, prestando el turno de mañana 3 trabajadores y el de tarde 2 trabajadores.

Sexto

El demandante durante el período comprendido entre 31.05.04 y 29.05.05, ha realizado su trabajo sometido al citado régimen de turnos, alternando su trabajo en turno de mañana, con el turno de tarde y con el retén nocturno a disposición (localizado).

Los turnos trabajados por el demandante durante dicho período han sido los siguientes:

Semana del 31-05 al 06-06-04.Turno de tarde.

Semana del 31-05 al 06-06-04.Retén-Disposición.

Semana del 07 al 13-06-04. Turno de tarde.

Semana del 14 al 20-06-04. Turno de mañana.

Semana del 21 al 27-06-04. Turno de mañana.

Semana del 28 al 04-07-04. Turno de mañana.

Semana del 05 al 11-07-04. Turno de tarde.

Semana del 05 al 11-07-04. Retén-Disposición.

Semana del 12 al 18-07-04. Turno de tarde.

Semana del 19 al 25-07-04. Turno de mañana.

Semana del 26 al 01-08-04. Turno de mañana.

Semana del 02 al 08-08-04. Vacaciones.

Semana del 09 al 15-08-04. Turno de tarde.

Semana del 09 al 15-08-04. Retén-Disposición.

Semana del 16 al 22-08-04. Turno de mañana.

Semana del 23 al 29-08-04.Turno de mañana.

Semana del 30 al 05-09-04.Turno de tarde.

Semana del 30 al 05-09-04.Retén-Disposición.

Semana del 06 al 12-09-04.Turno de tarde.

Semana del 13 al 19-09-04.Turno de mañana.

Semana del 20 al 26-09-04.Turno de mañana.

Semana del 27 al 03-10-04.Turno de mañana.

Semana del 04 al 10-10-04.Turno de mañana.

Semana del 11 al 17-10-04.Turno de tarde.

Semana del 11 al 17-10-04.Retén-Disposición.

Semana del 18 al 24-10-04.Turno de tarde.

Semana del 25 al 31-10-04.Turno de mañana.

Semana del 01 al 07-11-04.Turno de mañana.

Semana del 08 al 14-11-04.Turno de mañana.

Semana del 15 al 21-11-04.Vacaciones.

Semana del 22 al 28-11-04.Turno de tarde.

Semana del 22 al 28-11-04.Retén-Disposición.

Semana del 29 al 05-12-04.Turno de tarde.

Semana del 06 al 12-12-04.Vacaciones.

Semana del 13 al 19-12-04.Turno de tarde.

Semana del 13 al 19-12-04.Retén-Disposición.

Semana del 20 al 26-12-04.Turno de mañana.

Semana del 27 al 02-01-05.Turno de mañana.

Semana del 03 al 09-01-05.Turno de mañana.

Semana del 10 al 16-01-05.Turno de mañana.

Semana del 17 al 23-01-05.Turno de tarde.

Semana del 17 al 23-01-05.Retén-Disposición.

Semana del 24 al 30-01-05.Turno de tarde.

Semana del 31 al 06.02.05.Turno de mañana.

Semana del 07 al 13-02-05.Vacaciones.

Semana del 14 al 20-02-05.Turno de mañana.

Semana del 21 al 27-02-05.Turno de tarde.

Semana del 21 al 27-02-05.Retén-Disposición.

Semana del 28 al 06-03-05.Turno de tarde.

Semana del 07 al 13-03-05.Turno de mañana.

Semana del 14 al 20-03-05.Turno de mañana.

Semana del 21 al 27-03-05.Turno de mañana.

Semana del 28 al 03-04-05.Turno de tarde.

Semana del 28 al 03-04-05.Retén-Disposición.

Semana del 04 al 10-04-05.Turno de tarde.

Semana del 11 al 17-04-05.Turno de mañana.

Semana del 18 al 24-04-05.Turno de mañana.

Semana del 25 al 01-05-05.Turno de mañana.

Semana del 02 al 08-05-05.Vacaciones.

Semana del 09 al 15-05-05.Turno de tarde.

Semana del 09 al 15-05-05.Retén-Disposición.

Semana del 16 al 22-05-05.Turno de tarde.

Semana del 23 al 29-05-05.Vacaciones.

Séptimo

El anexo formalizado entre las partes al contrato de trabajo establece en su cláusula segunda :

TRABAJO A TURNOS. El trabajo se podrá realizar en régimen de turnos, pudiendo ser adscrito el EMPLEADO al turno de mañana, tarde o noche o rotando en todos ellos.

Si el EMPLEADO fuera adscrito a un puesto de trabajo en el que se realizara el trabajo en régimen de turnos, percibirá por ese hecho una compensación que equivaldría al 15 % del salario bruto anual fijado en la cláusula TERCERA A. En caso de que el EMPLEADO dejara de prestar sus servicios en régimen de turnos, no percibirá la citada compensación

.

Octavo

Al actor le ha sido reconocido el derecho a percibir la compensación por turnos, para el período de 03.06.02 a 31.05.03 por el Juzgado de lo Social número uno de esta ciudad en Sentencia dictada el 03.03.05 en Autos 910/03. El actor reclama en la presente litis las cantidades correspondientes al período de 31.05.04 a 29.05.05., habiendo percibido un salario bruto en el año 2.004 de 19.321,08 €.

Noveno

La Empresa ha abonado al demandante, durante el periodo reclamado, el complemento fijo de disponibilidad por estar localizable y disponible para la atención de sucesos imprevistos en horario de 22:00 h a 7:00 h en días laborables y de 00:00 h a 24:00 h los fines de semanas y festivos. Igualmente ha percibido el complemento variable de intervención en disponibilidad por la atención en horario de disponibilidad de averías o problemas sobre equípos o infraestructuras de la red que requieran una actuación inmediata, cuando estos se han producido.

Décimo

El actor presentó con fecha 30.05.05 papeleta de conciliación ante el CEMAC, celebrándose el acto de conciliación el día 13.06.05,...

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