ATS, 10 de Junio de 2015

PonenteFRANCISCO JAVIER ORDUÑA MORENO
ECLIES:TS:2015:4323A
Número de Recurso223/2015
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución10 de Junio de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a diez de Junio de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de D. Ildefonso , D. Marcos , EDICIONES ZETA S.A. y ZETA DIGITAL S.A., presentó escrito de interposición de recurso de casación contra la sentencia dictada, con fecha 30 de septiembre de 2014 , rectificada por auto de fecha 25 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª), en el rollo de apelación nº 248/13 , dimanante de los autos del juicio ordinario nº 1143/11 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid.

  2. - Mediante diligencia de ordenación, se tuvo por interpuesto el recurso, acordándose la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, previo emplazamiento de las partes, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de los litigantes y al Ministerio Fiscal.

  3. - Con fecha 6 de marzo de 2015, el procurador D. Felipe Juanas Blanco, en nombre y representación de D. Ildefonso , D. Marcos , EDICIONES ZETA S.A. y ZETA DIGITAL S.A., presentó escrito ante esta Sala, personándose en calidad de parte recurrente . Con fecha 30 de enero de 2015, el procurador D. Jacobo Borja Bayón, en nombre y representación de D. Jose Augusto , D. Juan Carlos y D. Alejo , presentó escrito ante esta Sala personándose en concepto de parte recurrida . Es parte el Ministerio Fiscal.

  4. -.La parte recurrente ha efectuado el depósito para recurrir exigido por la Disposición Adicional 15ª de la LOPJ .

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D.Francisco Javier Orduña Moreno

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - El recurso de casación interpuesto por el cauce correcto del ordinal 1º del art. 477.2 de la LEC , tiene por objeto una sentencia dictada en un juicio sobre protección jurisdiccional civil del derecho al honor, cumpliendo inicialmente con los demás requisitos para que proceda su admisión.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art 485 LEC 2000 , entréguese copias de los escritos de interposición del recurso de casación formalizado por la parte recurrente, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala y al Ministerio Fiscal, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de D. Ildefonso , D. Marcos , EDICIONES ZETA S.A. y ZETA DIGITAL S.A., contra la sentencia dictada, con fecha 30 de septiembre de 2014 , rectificada por auto de fecha 25 de noviembre de 2014, por la Audiencia Provincial de Madrid (Sección 11ª), en el rollo de apelación nº 248/13 , dimanante de los autos del juicio ordinario nº 1143/11 del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Madrid.

  2. ) Y entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado por la parte recurrente, con sus documentos adjuntos, a las partes recurridas personadas ante esta Sala y al Ministerio Fiscal para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS .

De acuerdo con lo previsto en el art. 483.5 LEC contra esta resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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