STSJ Castilla y León 1079/2015, 5 de Junio de 2015

PonenteJAVIER ORAA GONZALEZ
ECLIES:TSJCL:2015:2426
Número de Recurso680/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1079/2015
Fecha de Resolución 5 de Junio de 2015
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/ADVALLADOLID

Sala de lo Contencioso Administrativo Sección SEGUNDA

VALLADOLID C/ Angustias s/n

SENTENCIA: 01079/2015

N.I.G: 47186 33 3 2012 0101191

PO PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000680 /2012 LP

Sobre: ADMINISTRACION TRIBUTARIA Y FINANCIERA

De D./ña. EUROINVEST PLANIFICACION S.L.

LETRADO JOSE VENTURA BUENO JULIAN

PROCURADOR D./Dª. JORGE RODRIGUEZ-MONSALVE GARRIGOS

Contra D./Dª. CONSEJERIA DE HACIENDA, TEAR

LETRADO DIREC. SERV. JUR. JUNTA DE CASTILLA Y LEON, ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 1079

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA DE LA SALA:

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA

MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

En Valladolid, a cinco de junio de dos mil quince.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso número 680/12, en el que se impugna:

La resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León, de 30 de marzo de 2012, que desestimó la reclamación número 37/0329/11 presentada por la mercantil EUROINVEST PLANIFICACIÓN, S.L. contra la liquidación provisional número 33/11 que, con un total a ingresar de 25.231,40 euros, le fue practicada a la misma por la Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario de Alba de Tormes en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, devengado por la adquisición de una finca efectuada en escritura pública de 7 de mayo de 2010

Son partes en dicho recurso: Como recurrente: La mercantil EUROINVEST PLANIFICACIÓN, S.L., representada por el Procurador Sr. Rodríguez-Monsalve Garrigós y defendida por el Letrado Sr. Bueno Julián.

Como demandada: La Administración General del Estado (Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León), representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada: La Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario de Alba de Tormes, Servicio de Hacienda de la Delegación Territorial de Salamanca de la Junta de Castilla y León), representada y defendida por Letrado de sus servicios jurídicos.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se anulen y se dejen sin efecto, por su disconformidad con el ordenamiento jurídico, tanto la Resolución del TEAR, de fecha 30 de marzo de 2012, dictada en la REA número 37/329/11, como la valoración y la liquidación aprobadas en el expediente 37-IADT-TPA-LTP-11-000033, declarando prescrito el derecho de la Administración para efectuar una nueva comprobación de valores, con expresa imposición de las costas causadas.

Por otrosí interesó el recibimiento del pleito a prueba.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Administración demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el recurso y se impongan las costas a la parte actora.

En el escrito de contestación de la Administración codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime íntegramente el recurso interpuesto, declarando conforme a derecho la Resolución de 30 de marzo de 2012 del Tribunal Económico-Administrativo Regional de Castilla y León.

TERCERO

Denegado por auto de veintinueve de abril de dos mil trece el recibimiento del pleito a prueba que había solicitado la sociedad actora, se dio traslado a las partes para conclusiones, trámite en el que todas ellas presentaron escrito con las que consideraron convenientes.

CUARTO

Declarado concluso el pleito, se señaló para votación y fallo el pasado tres de junio.

QUINTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto recurso contencioso administrativo por la mercantil EUROINVEST PLANIFICACIÓN, S.L. contra la resolución del Tribunal Económico-Administrativo Regional (TEAR) de Castilla y León, de 30 de marzo de 2012, que desestimó la reclamación número 37/0329/11 presentada por aquélla contra la liquidación provisional número 33/11 que, con un total a ingresar de 25.231,40 euros, le fue practicada a la misma por la Oficina Liquidadora de Distrito Hipotecario de Alba de Tormes en concepto de Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, en su modalidad de transmisiones patrimoniales onerosas, devengado por la adquisición de una finca efectuada en escritura pública de 7 de mayo de 2010, pretende la sociedad recurrente que se anule y se deje sin efecto el acto impugnado, así como también la valoración y la liquidación de las que trae causa, y que se declare prescrito el derecho de la Administración a realizar una nueva comprobación de valores, pretensión la primera que basa en la falta de la necesaria motivación del valor comprobado que sirvió para fijar la base imponible (se pasó de un valor declarado de 28.277,15 euros a uno comprobado de 375.915,38 euros, folios 17 siguientes), a cuyo fin pone de relieve que la Junta de Castilla y León ha empleado criterios de valoración de suelo urbano con servicios y usos urbanísticos cuando el terreno comprado era una simple finca rústica y que la misma ha ubicado erróneamente la parcela objeto de compraventa en un Sector distinto del que...

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