SAP Albacete 193/2015, 20 de Mayo de 2015

PonenteMARIA DE LOS ANGELES MONTALVA SEMPERE
ECLIES:APAB:2015:520
Número de Recurso55/2015
ProcedimientoPENAL - APELACION PROCEDIMIENTO ABREVIADO
Número de Resolución193/2015
Fecha de Resolución20 de Mayo de 2015
EmisorAudiencia Provincial - Albacete, Sección 2ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2

ALBACETE

SENTENCIA: 00193/2015

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 2 de ALBACETE

- Domicilio: C/ SAN AGUSTIN Nº 1 ALBACETE

Telf: 967596539 967596538

Fax: 967596588

Modelo: SE0200

N.I.G.: 02003 51 2 2012 0002236

ROLLO: APELACION PROCTO. ABREVIADO 0000055 /2015

Juzgado procedencia: JDO. DE LO PENAL N. 3 de ALBACETE

Procedimiento de origen: PROCEDIMIENTO ABREVIADO 0000621 /2012

RECURRENTE: Cristobal

Procurador/a: MARIA VICTORIA IRENE ARCAS MARTINEZ

Letrado/a:

RECURRIDO/A:

Procurador/a:

Letrado/a:

SENTENCIA Nº 193/15

NOMBRE DE S. M. EL REY

Ilmos. Sres.

Presidente:

Dª. MARIA DE LOS ANGELES MONTALVÁ SEMPERE

Magistrados:

D. JUAN MANUEL SÁNCHEZ PURIFICACIÓN

D. JOSÉ RAMÓN SOLIS GARCÍA DEL POZO

En ALBACETE, a veinte de Mayo de dos mil quince. VISTOS ante esta Audiencia Provincial en grado de apelación los autos J.O. nº 621/12 seguidos ante el Juzgado de lo Penal nº 3 de Albacete, sobre ROBO CON VIOLENCIA, siendo apelante en esta instancia Cristobal, representado por el/a Procurador/a D/ª. Mª VICTORIA ARCAS MARTÍNEZ, y defendido por el/a Letrado/a D/ª Mª MAR REQUENA MOLLA ; siendo parte apelada el Ministerio Fiscal, y Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JOSÉ RAMÓN SOLIS GARCÍA DEL POZO.

ANTECEDENTES DE HECHO

ACEPTANDO en lo necesario los antecedentes de la Sentencia apelada y,

PRIMERO

Por el citado Juzgado se dictó la referida Sentencia, cuya parte dispositiva dice así:

FALLO

"Debo condenar y condeno a Cristobal como autor de un delito intentado de robo con violencia e intimidación del art. 237 y 242.1 y 16 del Cp, con la atenuante analógica de embriaguez, a la pena de 14 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena; como autor de un delito de resistencia del art. 556 del Cp, con la atenuante analógica de embriaguez, la pena de 8 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena y como autor de dos faltas de lesiones del art. 617.1 del Cp a la pena, por cada falta, de 40 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del Cp y costas.

Debo condenar y condeno a Ruth como autora de un delito de resistencia del art. 556 del Cp, con la atenuante analógica de embriaguez, a la pena de 8 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la condena, como autor una falta intentada de hurto del art. 623.1 del Cp a la pena de 40 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del Cp y como autora de una falta de lesiones del art. 617.1 del Cp, a la pena, de 40 días de multa con una cuota diaria de 6 euros, con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del Cp y costas."

SEGUNDO

Interpuesto recurso de apelación por el/a Procurador/a D/ª Mª VICTORIA ARCAS MARTÍNEZ, en nombre y representación de Cristobal, alega como motivos los expuestos en el escrito de apelación presentado ante el Juzgado de lo Penal nº 3 de Albacete, escrito que se da íntegramente por reproducido.

TERCERO

Tramitado el presente recurso de apelación, con arreglo a derecho, se celebró votación y fallo del mismo, el día 23 de Marzo de 2015.

Se aceptan, tanto los hechos probados que se declaran en la Sentencia de instancia como sus fundamentos jurídicos y,

HECHOS PROBADOS

Se aceptan los de la Resolución recurrida.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan los de la Resolución recurrida y:

PRIMERO

Recurre el acusado, Cristobal, la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal nº 3 de Albacete el día 28 de octubre de 2014 en el Juicio Oral 612/2012 que lo condenó como autor de un delito intentado de robo con violencia e intimidación del art. 237 y 242.1 y 16 del CP con la concurrencia de la atenuante analógica de embriaguez a la pena de 14 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante la duración de la condena, como autor de un delito de resistencia del art. 556 del CP, con la concurrencia de la circunstancia atenuante de embriaguez a la pena de 8 meses de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena y como autor de dos faltas de lesiones del art. 617.1 del CP a la pena, por cada falta, de 40 días de multa con una cuota diaria de 6 euros con la responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago del art. 53 del CP .

Se refiere el recurso de apelación a los hechos calificados como un delito de robo con violencia intentado, fundando el acusado su recurso en que la juzgadora de instancia valoró erróneamente la prueba practicada alegando que los hechos declarados probados no se corresponden con lo manifestado en juicio por los Policías Locales que llevaron a cabo la detención y que a preguntas de la defensa manifestaron que Cristobal había consumido alguna sustancia porque no era un comportamiento normal y que la agresión lo fue al comunicarles que estaban detenidos y no como consecuencia del robo.

De lo expuesto resulta, según el recurrente, que no concurren la violencia o intimidación esencial en el tipo del art. 243.1 CP que ha de estar vinculada causalmente al apoderamiento que integra el núcleo del tipo, cuando en el presente caso la violencia ejercida por el...

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