STSJ Comunidad Valenciana 1155/2008, 28 de Octubre de 2008
Ponente | JOSE LUIS PIQUER TORROME |
ECLI | ES:TSJCV:2008:7893 |
Número de Recurso | 178/2007/ |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 1155/2008 |
Fecha de Resolución | 28 de Octubre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
1155/2008
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE LA
COMUNIDAD VALENCIANA
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
En la ciudad de Valencia a veintiocho de octubre de dos mil ocho.
En la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los Ilmos. Sres D. MIGUEL ÁNGEL OLARTE MADERO, Presidente D. MANUEL JOSÉ BAEZA DÍAZ PORTALES y D. JOSE LUIS PIQUER TORROME Magistrados, ha pronunciado la siguiente
SENTENCIA Nº 1155/08
En el recurso contencioso administrativo núm. 178/07, interpuesto por doña Guadalupe, representado por el Procurador de los Tribunales don Sergio Llópis Aznar, y defendido por el Letrado don Rafael Llorens Sellé, contra "Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia de 30 de octubre de 2006, desestimando la reclamación número 03/4643/2003, interpuesta contra el acuerdo de liquidación dictado por los Servicios Territoriales de Alicante de la consellería de Economía y Hacienda de la Generalidad Valenciana por el concepto de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones."
Habiendo sido parte en autos como Administración demandada ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO representada y defendida por la ABOGACÍA DEL ESTADO, y Magistrado ponente el Ilmo. Sr. D. JOSE LUIS PIQUER TORROME.
Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por ley, se emplazó a la demandante para que formalizara la demanda, lo que verificó mediante escrito en que suplicó que se dictase sentencia, por la que según resulta de la misma se declare no ajustada derecho la resolución impugnada, con condena en costas a la Administración.
Por la parte demandada se contestó a la demanda mediante escrito en el que solicitó que se dictase sentencia por la que se confirme la resolución recurrida.
No habiéndose solicitado el recibimiento a prueba ni existiendo oposición a la admisión del presente recurso, ni solicitado por las partes la celebración de vista o la presentación de conclusiones, quedaron los autos pendientes para votación y fallo.
Se fijo la cuantía en 161.583,13.-euros y señaló la votación y fallo del recurso para el día quince de octubre de 2008.
En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Se recurre por el actor, la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Valencia de 30 de octubre de 2006, desestimando la reclamación número 03/4643/2003, interpuesta contra el acuerdo de liquidación dictado por los Servicios Territoriales de Alicante de la consellería de Economía y Hacienda de la Generalidad Valenciana por el concepto de Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, en la que se aprecia la omisión por la Oficina Gestora del trámite previo de audiencia, ordenando reponer las actuaciones a dicho momento. No obstante se obvia todo pronunciamiento sobre la cuestión de fondo que alega el recurrente, referida a la prescripción del derecho de la Administración a liquidar, así como la...
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