STSJ Canarias 226/2014, 7 de Noviembre de 2014
Ponente | JAIME BORRAS MOYA |
ECLI | ES:TSJICAN:2014:4279 |
Número de Recurso | 138/2014 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 226/2014 |
Fecha de Resolución | 7 de Noviembre de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Ilmos. Sres.
Presidente: Don César García Otero.
Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.
Doña Inmaculada Rodríguez Falcón.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a siete de noviembre de 2.014.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº.138/2.014, apelación, en el que son partes, como apelante, la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por la letrada de los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias, y como apelada, Rita, representada por el Procurador Sr. Ojeda Rodríguez, versando la misma sobre impugnación de sentencia parcialmente estimatoria de reclamación de responsabilidad patrimonial de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias por daños sufridos por la hija menor de la recurrente como consecuencia de caída por el empujón de otro alumno en una escalera desprovista de barandilla en el centro escolar CEIP Tinguaro.
Mediante sentencia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número seis de Las Palmas de fecha 11 de marzo de 2.014 se estimó parcialmente la reclamación de responsabilidad patrimonial de la Consejería de Educación del Gobierno de Canarias reseñada en el encabezamiento del presente fallo.
Frente a tal resolución se interpuso recurso de apelación por la letrada de los servicios jurídicos del Gobierno de Canarias en representación de la Comunidad Autónoma, interesando la revocación de la misma, con desestimación del recurso interpuesto en primera instancia.
Por su parte, la apelada se opuso al recurso interesando su desestimación.
Finalizado el periodo probatorio se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día siete de noviembre del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.
La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución del Juzgado número seis antes indicada en relación con la solicitud de responsabilidad patrimonial asimismo descrita interpuesto por la representación de la Sra. Rita es o no ajustada a derecho, alegando la administración apelante que la sentencia apelada valora incorrectamente la prueba practicada ya...
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