SAP Cádiz 97/2010, 30 de Abril de 2010

PonenteBLAS RAFAEL LOPE VEGA
ECLIES:APCA:2010:2322
Número de Recurso47/2010
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución97/2010
Fecha de Resolución30 de Abril de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Cádiz, Sección 8ª

AUDIENCIA PROVINCIAL CADIZ

SECCIÓN OCTAVA

con sede en Jerez de la Frontera.

PRESIDENTE ILMA. SRA.

Dª LOURDES MARÍN FERNÁNDEZ

MAGISTRADOS, ILTMOS. SRES.

D. IGNACIO RODRIGUEZ BERMUDEZ DE CASTRO

D. BLAS RAFAEL LOPE VEGA

REFERENCIA: APELACIÓN CIVIL 47/2010-G

JUZGADO DE PROCEDENCIA: Juzgado de primera instancia número 1 de Jerez de la Frontera .Procedimiento ordinario 1669/08.- S E N T E N C I A Nº 97/2010

En Jerez de la Frontera a treinta de abril de dos mil diez.

La Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera, ha visto el recurso de apelación formulado contra la sentencia dictada en el procedimiento ordinario antes indicado el día 9 de marzo de 2009 por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Jerez de la Frontera. La sentencia ha sido apelada por doña Adriana, representada por el procurador señor Arrimadas García y asistida por la letrada doña Inés Alfaro Salado. Es apelado don Mario, representado por la procuradora señora Medina Fernández y asistido por el letrado don José Joaquín García-Romeu Ruiz.

Ha intervenido como ponente en esta segunda instancia el Magistrado don BLAS RAFAEL LOPE VEGA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La sentencia recurrida, de 9 de marzo de 2009, ha estimado la demanda formulada por

don Mario contra doña Adriana y ha declarado extinguido el condominio respecto de la vivienda descrita en el hecho primero de la demanda, decretando la división del referido bien, caso de que no se llegue a un acuerdo en los términos que refiere el artículo 404 del código civil, mediante venta en pública subasta con intervención de licitadores extraños y consiguiente reparto del producto obtenido de la misma entre los condueños en proporción a sus cuotas, dado el carácter indivisible de la misma. La sentencia indica que todo lo solicitado se llevará a cabo en período de ejecución de sentencia e impone las costas a la parte demandada.

SEGUNDO

La sentencia ha sido apelada por la señora Adriana que solicita su revocación y la desestimación de la demanda. La parte apelante alega que el inmueble cuya división ordena la sentencia recurrida fue atribuido por sentencia del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Jerez de la Frontera a la señora Adriana y a su hija, hija también del demandante. La parte apelante alega que no está conforme con la sentencia recurrida que no admite que se mantenga el uso por la esposa, argumentando que debe primar la necesidad de la hija menor y que la sentencia atribuyó la vivienda 'hasta su oportuna liquidación', señalando la parte apelante que dada la minoría de edad de la hija y los escasos recursos económicos de la madre, no sería el momento oportuno para la división del bien.

TERCERO

Las actuaciones fueron recibidas en esta Sección Octava de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Jerez de la Frontera. Se incoó el procedimiento de apelación, se designó Magistrado ponente y se señaló para deliberación y votación, tras las cuales las actuaciones quedaron para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la sentencia recurrida se explica que el demandante ejerció una acción de división de

la cosa común al amparo de lo dispuesto en los artículos 400 y siguientes del código civil . Se señala en la sentencia recurrida que el objeto de la acción de división es una finca urbana situada en la CALLE000 número NUM000 de Jerez de...

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