ATS, 27 de Mayo de 2015

PonenteEDUARDO BAENA RUIZ
ECLIES:TS:2015:3904A
Número de Recurso2773/2013
ProcedimientoCasación
Fecha de Resolución27 de Mayo de 2015
EmisorTribunal Supremo - Sala Primera, de lo Civil

AUTO

En la Villa de Madrid, a veintisiete de Mayo de dos mil quince.

HECHOS

  1. - La representación procesal de LIDL SUPERMERCADOS, S.A.U. presentó el día 5 de noviembre de 2013 escrito de interposición de recurso de casación y extraordinario por infracción procesal, contra la sentencia dictada, con fecha 20 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 486/2012 , dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 781/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Rubí. La parte recurrente desistió del recurso extraordinario por infracción procesal previamente interpuesto.

  2. - Mediante diligencia de ordenación de 3 de diciembre de 2013 se acordó la remisión de las actuaciones a la Sala Primera del Tribunal Supremo, con emplazamiento de las partes por término de treinta días, apareciendo notificada dicha resolución a los procuradores de las partes el día 20 de noviembre siguiente.

  3. - El procurador D. Gustavo Gómez Molero, en nombre y representación de LIDL SUPERMERCADOS, S.A.U., presentó escrito de fecha 10 de diciembre de 2013, personándose en concepto de parte recurrente. La procuradora Dª. Carmen Moreno Ramos, en nombre y representación de EUSTASIO GARCÍA, S.L., se presentó escrito el día 11 de diciembre de 2013 personándose en concepto de parte recurrida.

Es Magistrado Ponente el Excmo. Sr. D. Eduardo Baena Ruiz

RAZONAMIENTOS JURIDICOS

  1. - Procede admitir el recurso de casación interpuesto por la representación procesal de LIDL SUPERMERCADOS, S.A.U. al haberse justificado el presupuesto de recurribilidad previsto en el art. 477.2 , LEC 2000 y concurrir los demás presupuestos y requisitos legalmente exigidos por la norma procesal.

  2. - De conformidad y a los fines dispuestos en el art. 485 LEC 2000 , entréguese copias del escrito de interposición del recurso de casación formalizado, con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalicen su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

PARTE DISPOSITIVA

LA SALA ACUERDA

  1. ) ADMITIR EL RECURSO DE CASACIÓN interpuesto por la representación procesal de LIDL SUPERMERCADOS, S.A.U., contra la sentencia dictada, con fecha 20 de junio de 2013, por la Audiencia Provincial de Barcelona (Sección 13ª), en el rollo de apelación nº 486/2012 , dimanante de los autos de juicio verbal de desahucio nº 781/2009 del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Rubí.

  2. ) Entréguese copias del escrito de interposición del recurso formalizado por la representación procesal de la parte recurrente con sus documentos adjuntos, a la parte recurrida personada ante esta Sala, para que formalice su oposición por escrito en el plazo de VEINTE DÍAS , durante los cuales estarán de manifiesto las actuaciones en la Secretaría.

Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo acuerdan, mandan y firman los Excmos. Sres. Magistrados indicados al margen.

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